BEREA ANTONIA EMA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La parte actora reclamó la incorporación de bonos y refuerzos previsionales al haber de su jubilación y la reparación de la desigualdad frente a quienes percibieron esas sumas. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó el agravio, por considerar que incorporar esos conceptos al haber implicaría modificar las pautas legales de determinación de la prestación, en colisión con el art. 17 de la ley 24.241.
¿Quién es el actor?
Berea Antonia Ema.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios en el haber previsional, en particular la incorporación de bonos o refuerzos previsionales al haber y la igualación con beneficiarios que percibieron esos refuerzos.
¿Qué se resolvió?
se confirmó la sentencia recurrida en lo principal que decide y ha sido materia de agravios; costas de Alzada por su orden; honorarios de la representación letrada de la parte actora regulados en $317.973 (3 UMA) para la primera instancia y en el 30% de esa suma para la Alzada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en orden al tratamiento vinculado a la incorporación, percepción y/o movilidad de las sumas fijas, bonos y/o refuerzos previsionales, ha de señalarse que es reiterada la doctrina de la Corte Suprema en cuanto no corresponde a los jueces pronunciarse sobre el acierto o error, el mérito o la conveniencia de las soluciones legislativas."
"Que, ello así, respecto al reclamo referido, ha de señalarse que tales conceptos no integran, por su propia naturaleza y finalidad, el haber previsional ni constituyen un componente permanente de la prestación. Admitir una solución contraria implicaría alterar, por vía judicial, las pautas legales que rigen la determinación y movilidad de las prestaciones previsionales."
"Que, en consecuencia, aun cuando tales sumas puedan ser ponderadas a los fines del análisis de la suficiencia del haber y de la eventual existencia de confiscatoriedad, ello no autoriza a conferirles naturaleza de componente permanente de la prestación, ni a disponer su incorporación al beneficio o su utilización como base para la determinación de futuras movilidades, lo que también se extiende a los planteos dirigidos por aquellos beneficiarios que si bien no accedieron a las sumas bajo análisis, pretenden percibir el incremento proporcional que registraron los haberes mínimos."
"Que, en tales condiciones, lo pretendido por el accionante en cuanto procura la incorporación de los bonos o refuerzos previsionales al haber importa, en definitiva, la modificación de las pautas legales de determinación de la prestación, en colisión con lo expresamente dispuesto por el art. 17 de la ley 24.241 y sus modificatorias, por lo que corresponde rechazar el agravio deducido en tal sentido."
Adhesión del Dr. Fantini Albarenque: "Sin perjuicio de lo sostenido en los autos: 'DEANGELI EFRAIN C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS', expte. 31.024/24, y en virtud del acuerdo mayoritario de los colegas preopinantes, adhiero a la solución propiciada."
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Normas que cita
- Ley 24.241art. 17 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.423arts. 16, 19, 30, 36, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- CCyCNart. 1255 · Codigo civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativoCSJN · 22/06/2023
- Quintana Juan Carlos c/ ANSeS s/ Reajustes VariosCFSS Sala III
- DEANGELI EFRAIN c/ANSES s/REAJUSTES VARIOSCFSS
- Fallos 324:2315CSJN
- Fallos 324:3358CSJN
- Fallos 326:2004CSJN
- Fallos 329:1675CSJN
- Fallos 272:225CSJN
- Fallos 274:113CSJN
- Fallos 301:970CSJN
- Fallos 303:135CSJN
- Fallos 306:444CSJN
- Fallos 307:951CSJN
- Fallos 311:571CSJN
- Fallos 311:1191CSJN
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