MARIÑO ALBERTO ASUNCION Y OTRO c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores cuestionaron la constitucionalidad del Decreto 679/97 para que cesen los descuentos por aportes en sus haberes de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda, aplicando la doctrina de la Corte Suprema respecto del decreto y condenando en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Mariño Alberto Asunción y otro (demandantes/actores).
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (C.R.J.P.P.F.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y cese de los descuentos que, en concepto de aportes, se practican sobre haberes de retiro de los accionantes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto hizo lugar a la demanda tendiente a declarar la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y ordenó devolución de actuaciones al juzgado de origen. Además impuso las costas de Alzada a la demandada vencida y reguló honorarios de la representación letrada de la actora por su labor en Alzada en el 30% de lo que corresponda en la instancia anterior, con más el IVA si correspondiera.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Ahora bien, si bien esta Sala ha sentado su postura sosteniendo la validez constitucional tanto del Decreto-Ley 22.788 como del Decreto 679/97, no puede soslayarse que la Corte Suprema de Justicia de la Nación recientemente se ha pronunciado sobre las normas cuestionadas en autos 'Pino, Seberino y otros c/Estado Nacional - M° del Interior s/personal militar y civil de las FFAA y de Seg.', sentencia de 7 de octubre de 2021."
"A distinta solución arribó la Corte Suprema en lo concerniente al Decreto 679/97; por mayoría sostuvo que los fundamentos expresados por el Poder Ejecutivo Nacional para justificar la aplicación del art. 99, inc. 3, de la Constitución Nacional revelaban en realidad la voluntad de modificar de forma permanente el sistema previsional de la Gendarmería Nacional con el dictado del decreto impugnado. En tales condiciones, conforme las pautas fijadas en el caso 'Verrocchi' (Fallos: 322:1726), no se encontraban satisfechos los recaudos constitucionales para el ejercicio legítimo por parte del Presidente de la Nación de las excepcionales facultades legislativas..."
"En este orden de ideas, razones de economía procesal aconsejan aplicar la referida doctrina a fin de evitar un dispendio jurisdiccional innecesario. Ello así, en lo que respecta al Decreto 679/97, corresponde confirmar el pronunciamiento apelado."
"En relación con la imposición de las costas, el caso ha de regirse por el principio general en la materia, y, por lo tanto, se confirma la imposición a la demandada vencida (art. 68 CPCCN)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia relevantes en el acuerdo final.
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Leyes que cita
- Ley 22.788Gendarmeria nacional
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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