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Cámara de Apelaciones

BECCHETTI, YANINA c/ BAMS SRL Y OTROS s/DESPIDO

La actora demandó por despido, diferencias salariales e indemnizaciones derivadas de registración deficiente. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia: dispuso que el monto de condena devengue accesorios, extendió la responsabilidad a KARINA A. CHERNITZKY y limitó la responsabilidad personal de RAÚL y KARINA CHERNITZKY a $230.994,45, además de imponer costas a las demandadas y regular honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA I
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 006076/2022/CA001
Despido Registracion clandestina Indemnizaciones Actualizacion ipc Interes 3% anual Responsabilidad personal socios Extension de condena Costas Honorarios uma Ley 25.323

¿Quién es el actor?

Yanina Becchetti (actora).

¿A quién se demanda?

BAMS S.R.L.; Raúl Chernitzky (codemandado); Karina Andrea Chernitzky (codemandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

despido; indemnizaciones por despido; diferencias salariales; sanciones por registración clandestina y falta de ingreso de aportes; actualización e intereses del crédito.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada en los términos acordados por la mayoría: ordenó que el monto de condena devengue accesorios conforme lo establecido en el fallo; extendió las consecuencias del juicio a la codemandada Karina Andrea Chernitzky; limitó la responsabilidad personal de Raúl y Karina Chernitzky a la concurrencia de $230.994,45; impuso las costas de ambas instancias a las demandadas en proporción al alcance de la condena; y reguló honorarios (127,97 UMA para la actora, 115 UMA para los codemandados y 58 UMA para el perito por la instancia anterior, y 30% adicional por la instancia de apelación). También se dispuso la presentación digital de actuaciones. Estas medidas son las contenidas en el pronunciamiento final de la Sala I.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Sobre actualización e intereses y aplicación de la ley 27.802: "Por consiguiente, corresponde declarar, para este caso, la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.802 y confirmar el criterio de actualización adoptado en la sentencia de grado, disponiendo que el capital de condena se actualice conforme la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), con más un interés puro del tres por ciento (3%) anual, desde que cada suma es debida y hasta la fecha de su efectivo pago. En cambio, corresponde dejar sin efecto la capitalización dispuesta en origen... En consecuencia, el crédito deberá devengar los accesorios indicados sin capitalización alguna."

2) Sobre responsabilidad de las personas humanas y medida de la misma: "En ese sentido, sugiero que se responsabilice solidariamente a las personas humanas antes referidas y que su condena se establezca en el importe de $230.994,45, suma que corresponde al incremento indemnizatorio del art. 1 de la ley 25.323; más accesorios. La responsabilidad se limita a dicho incremento porque deriva directamente de la deficiente registración del vínculo laboral que ambos codemandados, mediante su intervención personal, hicieron posible o toleraron."

3) Dispositivo final propuesto y acogido por el acuerdo: "1) modificar la sentencia apelada y disponer que el monto de condena devengue accesorios de conformidad con lo aquí establecido; 2) extender las consecuencias de este pleito a la codemandada KARINA ANDREA CHERNITZKY; 3) limitar la responsabilidad de RAÚL CHERNITZKY y de KARINA ANDREA CHERNITZKY a la concurrencia de $230.994,45; 4) imponer las costas de ambas instancias a las demandadas, en proporción al alcance de la condena que respecto de cada una se establece; 5) regular los honorarios... 6) regular los honorarios... y 7) Hacer saber a las partes que la totalidad de las presentaciones deberá efectuarse en formato digital..."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta voto en disidencia; el acuerdo fue por adhesión de ambos vocales.

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