AVILA LORENA DEL LUJAN C/ CAPRA JUAN PABLO NAZARETH S/ DESPIDO
La actora promovió demanda por despido indemnizaciones y diferencias salariales contra el titular de la panadería “Viejo Almacén”. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda —rechazando reclamos por horas extra y determinadas sanciones— y condenó al demandado al pago de $24.171.270 y a entregar constancias laborales en diez días.
¿Quién es el actor?
Lorena del Luján Ávila.
¿A quién se demanda?
Juan Pablo Nazareth Capra, titular de la panadería Viejo Almacén.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por despido (despido indirecto), diferencias salariales por encuadre en categoría y escalas, SAC proporcional, salario julio 2023, indemnización sustitutiva de preaviso, vacaciones proporcionales 2023, indemnizaciones previstas en leyes 24.013 y 25.323; también se reclamaron horas extra, sanciones y entrega de certificados (art.80 LCT).
¿Qué se resolvió?
Se declaró acreditada la relación laboral y el despido indirecto (2/8/2023). Se hizo lugar a la mayoría de los rubros reclamados (diferencias salariales por $1.385.978,13 entre sept-2021 y jun-2023, SAC, sueldo julio, vacaciones, antigüedad, preaviso, indemnizaciones ley 24.013 art.8 y 15 y ley 25.323 art.2) y, aplicando la ley 27.802 (art.55 inciso c) como piso, condenó al pago total de $24.171.270. Rechazó el reclamo por horas extra y las indemnizaciones previstas por art.1 de la ley 25.323, art.80 LCT y la sanción del art.275 LCT. Condenó además a entregar constancias/ certificados del art.80 LCT y a afrontar las costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La valoración de los testimonios descriptos me lleva a concluir que la promotora del juicio probó la relación laboral invocada en la demanda. Es que no encuentro razón para descalificar sus declaraciones, toda vez que se observan coherentes, sinceras y suficientemente fundadas en cuanto a las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que tuvieron conocimiento de los hechos sobre los cuales se expidieron ... por lo que les otorgo plena eficacia probatoria (cfr. artículo 57 de la ley 15.057), máxime teniendo en cuenta que sus dichos no fueron desvirtuados por ningún otro medio de prueba."
"Entonces, cabe tener por disuelto el vínculo laboral por despido indirecto el 2 de agosto de 2023."
"Por ende, Juan Pablo Nazareth Capra, debe ser condenado a pagar a Lorena del Luján Ávila el importe de $24.171.270, por resultar aplicable en el caso la pauta legal emergente del artículo 55, inciso c) de la ley 27.802."
¿Cómo votaron los jueces?
El fallo fue unánime; la Sra. Jueza Pérez Herrera votó con los fundamentos expuestos y los Dres. Telechea y Toraf adhirieron. El bloque dispositivo final del Tribunal fue el consignado en la parte resolutiva.
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Leyes que cita
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
- Ley 24.013Ley de empleo
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