RIVAS MONICA BEATRIZC/ CRER ADELA Y OTRAS S/DESPIDO
La actora promovió demanda laboral contra CRER ADELA y otras y las partes celebraron un acuerdo transaccional en audiencia. El Tribunal homologó el acuerdo por considerarlo “una justa composición de derechos e intereses”, ordenó el pago de $15.000.000 y gravó las costas a las co-demandadas acordantes.
¿Quién es el actor?
Mónica Beatriz Rivas.
¿A quién se demanda?
CRER ADELA y otras (co-demandadas acordantes).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido (causa caratulada “RIVAS MONICA BEATRIZ C/ CRER ADELA Y OTRAS S/DESPIDO”) con intento de conciliación transaccional.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo transaccional celebrado en la audiencia del 25/9/2026 por el que las co-demandadas abonarán a la actora la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000,00). Se impusieron las costas a las co-demandadas acordantes; se regularon y fijaron honorarios y honorarios periciales y se intimó a las co-demandadas a acreditar pagos de tasas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que conforme da cuenta el acta de la audiencia celebrada en fecha 25/9/2026 las partes manifiestan haber arribado a un acuerdo conciliatorio cuya homologación peticionan."
"El principio protectorio que impera en el Derecho del Trabajo ... inspira la irrenunciabilidad consagrada en el art. 12 de la L.C.T. - Derivación de tal irrenunciabilidad es el art. 15 de la L.C.T. que admite los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios, pero para su validez y eficacia exige no sólo la intervención de la autoridad administrativa o judicial, sino también la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada."
"A fin de tal análisis deben evaluarse los términos del reclamo deducido en autos, la manera en que quedó trabada la litis, las manifestaciones vertidas por las partes en la referida audiencia, las probanzas reunidas hasta el presente y la ratificación personal prestada por la actora en dicha audiencia (doct. art. 277 L.C.T.)."
"Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (art. 15 de la L.C.T. y 30 ley 15.057 y Res. SCBA 1840-24)."
Bloque dispositivo final (transcripción parcial de lo resuelto): "I.- Resultando una justa composición de derechos e intereses de las partes (art. 15 L.C.T.), homologar el referido acuerdo transaccional ... por el cual las co-demandadas acordantes abonarán a la señora Mónica Beatriz Rivas la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000,00), en la forma dispuesta en el art. 277 de la L.C.T. ... II.- Imponer las costas a las co-demandadas acordantes ... III.- Fijar los honorarios del Dr. Gastón Ariel Polizzi ... en la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 56/100 CTVOS. ($1.500.454,56) ... y regular los del Dr. José Luis Lassalle ... en la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000) ... Y los de los peritos ... contador Aníbal Darío Núñez en la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000,00) ... y calígrafa Viviana Vanesa Picia en la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000,00)."
¿Cómo votaron los jueces?
el señor juez Fernando Telechea expuso los fundamentos y propuso la homologación; las Dras. Claudia Luján Perez Herrera y Paula Andrea Capucchio votaron en el mismo sentido. El bloque dispositivo final refleja la decisión por mayoría.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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