Recurso Queja Nº 7 - PUGIBET FEVRIER JACQUELINE Y OTRO s/SUCESION TESTAMENTARIA
Letrados de legatarias solicitan embargo preventivo para garantizar honorarios en sucesión. La Corte Suprema deja sin efecto la decisión de la Cámara que revocó el embargo por falta de regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Sucesión: honorarios y traba de embargo preventivo
A fin de garantizar los honorarios a regularse por la actuación en un incidente de la sucesión los letrados de las legatarias de cuota peticionaron que se trabara un embargo preventivo sobre el remanente de la porción del precio a percibir por el heredero por la venta de un inmueble perteneciente al acervo sucesorio.
El juez de primera instancia así lo dispuso pero la cámara revocó esta resolución.
Los legatarios interpusieron un recurso extraordinario contra esa decisión y la Corte la dejó sin efecto.
Consideró que la cámara no solo omitió dar un fundamento para considerar improcedente el embargo de acuerdo con las normas arancelarias protectorias de los honorarios y las disposiciones procesales que habilitan el embargo preventivo por circunstancias derivadas del proceso, sino que también entendió dogmáticamente que como el valor del acervo sucesorio superaba ampliamente la suma estimada por los recurrentes no correspondía admitir el embargo solicitado, lo cual importó apartarse de las constancias de la causa según las cuales el condenado en costas es el heredero y no la sucesión.
Señaló que, al revocar el embargo por no haber honorarios regulados, la cámara prescindió totalmente de considerar los argumentos expresados en el sentido de que era criterio de dicho tribunal admitir medidas cautelares para garantizar créditos devengados como consecuencia de trabajos realizados en la causa, aunque no hubiera regulación.
Finalmente, el Tribunal agregó que la decisión recurrida conspiraba tanto contra la ilación lógica y la coherencia que debe presidir el trámite de los juicios, como contra la doctrina de la Corte según la cual las garantías del debido proceso y la defensa en juicio comprenden el derecho a conocer con certeza las reglas del procedimiento a las que las partes han de atenerse para hacer valer sus derechos.
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- Constitución Nacionalarts. 16, 17, 18, 19, 28 · Constitucion nacional
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- Ley 21.839art. 55 · Aranceles y honorarios de abogados
- Ley 27.423art. 10 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNarts. 212 (inc. 2° y 3°), 726 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- CCyCNart. 2359 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CC
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