GODOY, HECTOR RUBEN c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
Recurso de apelación contra ANSeS por reajustes por movilidad en sentencia de primera instancia. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 y del artículo 3° del DNU 157/2018, y revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426, imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Héctor Rubén Godoy.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por reajustes por movilidad y actualización de remuneraciones / prestaciones; impugnación de normas y decretos relativos a la movilidad y topes legales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario, Sala A, resolvió: declarar de oficio la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016; confirmar parcialmente la sentencia apelada en los términos del fallo; revocar la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426; declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3° del DNU 157/2018; imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida; y regular los honorarios de los profesionales en alzada. Se ordenó asimismo la inserción, publicación y devolución de autos al Juzgado de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "En consecuencia, cabe confirmar el modo dispuesto en la sentencia apelada para la actualización de las remuneraciones de la parte actora, y declarar de oficio la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016."
2) "Atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos'... corresponde modificar la postura sostenida en los fallos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la 27.426."
3) "Corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Aníbal Pineda expuso los fundamentos principales y propuso la solución; las Dras. Silvina María Andalaf Casiello y Elida Vidal adhirieron "por coincidir en lo sustancial". No se registra disidencia en el acuerdo final.
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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