JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

GIORDANO, RAMON RICARDO FELIX c/ AFIP s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Demandante promovió acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP por la aplicación del art. 79 inc. c) de la ley 20.628 (hoy art. 82 inc. c. LIG). La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y la modificó respecto del cómputo de intereses conforme al considerando 4 del voto de la Dra. Andalaf Casiello, e impuso las costas de la alzada a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 022963/2023/CA001
Accion meramente declarativa Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Haberes previsionales Intereses Costas de alzada Honorarios Afip Art. 82 inc. c. lig Calculo retroactivo

¿Quién es el actor?

RAMÓN RICARDO FÉLIX GIORDANO.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la ley N° 20.628 (texto según ley N° 27.346) — hoy art. 82, inc. c. LIG — y orden de abstenerse de efectuar descuentos por impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales y reintegro de las sumas retenidas.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó parcialmente la sentencia apelada y se la modificó en los términos del considerando 4 del voto de la Dra. Andalaf Casiello; se impusieron las costas de la alzada a la demandada vencida y se regularon honorarios de los letrados intervinientes en un 30% de lo fijado en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“En relación a la queja formulada sobre la tasa interes fijada, considero que no mediando ningún planteo de inconstitucionalidad y teniendo en consideración el criterio de la CSJN en el antecedente ‘Compañía Mega S.A. c/ EN -AFIP DGI- Resol 93/04 (RDEX) y otros s/ Dirección General Impositiva’, (Fallos: 342:1170) corresponde la aplicación de las Resoluciones del Ministerio de Hacienda que resulten pertinentes para el cálculo de los intereses en el retroactivo (N° 314/04, 598/19, 559/22,3/2024, 199/2025, 823/2025 y sucesivas) según los períodos abarcados conforme se ha pronunciado esta Sala en numerosos antecedentes...” (considerando 4, voto Dra. Andalaf Casiello).

“Asimismo, por aplicación del artículo 179 de la ley 11.683, cabe efectuar su cómputo desde la interposición de la demanda, por lo que corresponde hacer lugar a los agravios de la demandada y revocar la sentencia en este punto.” (considerando 4, voto Dra. Andalaf Casiello).

“En cuanto a las costas de esta alzada, voto por imponerlas a la demandada vencida...” (voto Dra. Andalaf Casiello).

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Aníbal Pineda expresó disidencia respecto de la tasa de interés aplicada, proponiendo confirmar la tasa fijada por el juez de grado y aplicarla desde que cada suma fue retenida; sin embargo, esa postura quedó en minoría en cuanto al punto del cómputo de intereses.

Leyes que cita

  • Ley 20.628Impuestos a las ganancias
  • Ley 11.683Procedimiento fiscal
  • Ley 27.346Impuesto a las ganancias, iva y regimen simplificado para pequeños contribuyentes

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.