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Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 3 - ACTOR: FERNANDEZ, HECTOR RAUL DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

Ejecución previsional por reajustes de haberes y planilla practicada contra ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que aprobó la planilla, rechazó las excepciones, ordenó la ejecución y condenó en costas a la demandada; declaró además inoficioso el recurso relativo a la fianza y reguló honorarios al 30% de lo fijado en primera instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 013010800/2010/3/CA003
Ejecucion de sentencia Reajuste previsional Pbu Anses Fianza Costas Honorarios Retencion impuesto a las ganancias Confirmacion de sentencia Camara federal de rosario

¿Quién es el actor?

HECTOR RAUL FERNANDEZ.

¿A quién se demanda?

PEN y/o ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

incidente de ejecución de sentencia relacionado con la aprobación de la planilla practicada por perito contadora, liquidación de deuda previsional (reajustes de PBU y sus componentes), y planteo accesorio sobre el rechazo del ofrecimiento de fianza.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos; se declaró inoficioso el tratamiento del recurso contra el decreto que rechazó la fianza; se impusieron las costas a la demandada vencida; y se regularon los honorarios en la alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1.- Ingresando al estudio de la queja de la demandada referida al reajuste de la PBU, indicaré que de la lectura de la liquidación de deuda se advierte que los lineamientos seguidos por la perito contador, en cuanto al índice utilizado y la forma de corroborar si la merma que originaba la falta de actualización de la mencionada prestación resultaba confiscatoria, se ajustan a lo resuelto por esta Sala 'A' en los autos Nº FRO 68412/2018... Por lo tanto, es que corresponde desestimar dicha queja."

"2.- En cuanto a la queja de la demandada referida a la omisión de la retención del impuesto a las ganancias, indicaré que la resolución recurrida remitió, al precedente 'García' de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (fallo del 26/03/19)... lo que no fue rebatido por la apelante, por lo que corresponde estar a lo allí resuelto."

"4.- En relación a los demás agravios efectuados, guardan analogía con lo resuelto por esta Sala... a cuyos fundamentos y conclusiones por razones de brevedad y economía procesal, corresponde remitirnos, lo que corresponde confirmar la sentencia apelada."

"6.- En relación a las costas devengadas en la alzada, estimo justo imponerlas a la vencida (artículo 68 del CPCCN)."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra disidencia; ambos vocales (Pineda y Andalaf Casiello) adhieren a la confirmación de la sentencia. La Dra. Andalaf Casiello agrega que, respecto del impuesto a las ganancias, "debería quedar exento del impuesto a las ganancias la totalidad del retroactivo reconocido en autos", adhiriendo en lo sustancial al voto preopinante.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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