CONTAR SA C/ FLEITA MIGUEL ANGEL Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO
La actora promovió ejecución por cobro ejecutivo reclamando $540.555,00 más intereses y costas. El Tribunal hizo lugar a la demanda, dispuso continuar la ejecución hasta el pago íntegro y fijó criterios para el cómputo de intereses y gastos, difiriendo regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
CONTAR S.A. (CONTAR SOCIEDAD ANONIMA).
¿A quién se demanda?
Fleita Miguel Ángel y Suárez Elsa Noemí.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo por capital reclamado de PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 540.555,00) más intereses y costas de la ejecución.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se manda llevar adelante la ejecución y se apercibe a la accionada por constituido el domicilio en el juzgado; se aplican las tasas contractuales de tarjeta de crédito en cuanto se ajusten a ley, se admite IVA a intereses moratorios, y se fija tasa aplicable a los gastos conforme al Banco Provincia depósitos a 30 días; se difiere regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No habiendo la accionada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 del C.P.C.).
Y atento el dictamen favorable emitido por el Agente Fiscal, no caben dudas que el suscripto puede dictar sentencia en la presente causa haciendo lugar a la demanda instaurada.
Consecuentemente, atento lo dispuesto por los arts. 540 y 548 del C.P.C., FALLO:
I) Esta causa de trance y remate, mandando llevar la ejecución adelante hasta tanto los accionados FLEITA MIGUEL ANGEL Y SUAREZ ELSA NOEMI hagan a la accionante CONTAR S.A. integro pago del capital reclamado que asciende a la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 540.555,00) con más intereses y costas de la ejecución (arts. 68 y 556 del C.P.C.)."
"En cuanto a los intereses, si bien en supuestos similares al presente se ha seguido un antecedente de la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial ... se aplican los estipulados en el contrato de tarjeta de crédito acompañado en tanto se ajustan a lo prescripto por los arts. 16 y 18 de la ley 25.065 admitiendo el rubro IVA a los intereses moratorios (Sala 2dra. causa n° 179.412, cit.)."
"En cuanto al interés a aplicar sobre los gastos, resulta de aplicación la tasa que regla el Banco de la Pcia. de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días, vigente en los distintos períodos de aplicación... desde el momento en que fueron efectuados."
"Se difiere la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista por la ley arancelaria."
"A los fines de dar cumplimiento a lo prescripto por el art. 14 de la Acordada 2514/93 se deja constancia que la intimación de pago y citación de remate a la parte accionada se efectuó en el domicilio de la calle SAN SALVADOR N° 7.835 de esta ciudad de Mar del Plata. Se hace efectivo el apercibimiento establecido por el art. 41 del C.P.C. y téngase a la accionada por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 25.065Tarjetas de credito
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.