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Primera Instancia

KAPUST MIRIAM ESTELA S/ INFORMACION SUMARIA CON EXPEDIENTE

Solicitud de acreditación de aparente matrimonio por información sumaria para presentación ante ANSES. El Tribunal hizo lugar a la información sumaria y declaró acreditado el aparente matrimonio entre Miriam Estela Kapust y Marcelo Pablo Cassetai, regulando honorarios y ordenando la expedición de la documental para ANSES.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº12 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
93952
Informacion sumaria Convivencia Aparente matrimonio Anses Prueba previsional Domicilio comun Hijos en comun Honorarios Expedicion documental Ley 24241 decreto 1290/94

¿Quién es el actor?

Miriam Estela Kapust (DNI Nº 16.893.104).

¿A quién se demanda?

Marcelo Pablo Cassetai. (Se citó a la ANSES a los efectos de intervenir).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acreditación de convivencia en aparente matrimonio desde agosto de 1993, mediante información sumaria, con expedición de documental para presentar ante la ANSES.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la información sumaria solicitada y se declaró acreditado el aparente matrimonio entre Miriam Estela Kapust y Marcelo Pablo Cassetai. Se regulan honorarios y se ordena expedir la documental pertinente para ANSES.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"II). Que citada la Anses, conforme oficio recibido en fecha 23/09/2026, manifiesta que en virtud de lo estipulado por el decreto 1290/94 reglamentario el art. 53 de la Ley 24241, la prueba para la acreditación de las convivencias previsionales, podrá sustanciarse ante la Administración Nacional de la Seguridad Social."

"III). Se ha decidido que "A los efectos de demostrar la convivencia en aparente matrimonio, lo esencial es que dicha convivencia sea notoria, presentando las apariencias de la vida conyugal, continua y no interrumpida, teniendo los sujetos un domicilio común y conviviendo en él (SCBA B-56761 S 19-2-2002). Sentado ello y realizadas las pruebas ofrecidas surge de las declaraciones testimoniales vertidas en fecha 08/09/2026, claramente la cohabitación, comunidad de vida permanente y notoriedad de la relación, sumado a ello la hija en común que han tenido, lo que resulta del certificado de nacimiento obrante en fecha 21/05/2026."

"RESUELVO:

Acoger favorablemente la información sumaria solicitada, quedando debidamente acreditado el aparente matrimonio invocado entre MIRIAM ESTELA KAPUST y MARCELO PABLO CASSETAI, lo que asi se declara.

Regúlanse los honorarios de la Dra. Francisca Donato, inscripta en el T. 22 F. 437 del CALZ en la suma de 7 ius arancelarios (Art. 22 de la ley 14.967). Cumplidas las disposiciones arancelarias expídase la documental pertinente a los fines de su presentación ante la ANSES. Regístrese. Notifíquese."

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