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Primera Instancia

MAEBA SRL C/ MENDIETA OMAR S/ COBRO EJECUTIVO

Ejecución cambiaria por pagaré por $40.000 contra el deudor por préstamo impago. El Tribunal hace lugar a la ejecución, ordena continuar la traba y remate hasta abonar $40.000 más intereses moratorios a la tasa del Banco Nación, intereses punitorios equivalentes al 50% de los moratorios (morigerados) e intereses compensatorios pactados; costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº12 - LA PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LP-87661-2023
Ejecucion cambiaria Pagare Intereses moratorios Intereses punitorios Morigeracion de tasas Liquidacion Costas Capital $40.000 Fecha de mora 28/03/2023 Banco nacion (tasa aplicable).

¿Quién es el actor?

MAEBA SRL.

¿A quién se demanda?

Omar Mendieta.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo sobre pagaré/ejecución por suma entregada en concepto de préstamo por PESOS CUARENTA MIL ($40.000) y accesorios (intereses compensatorios y punitorios), más costas y gastos.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la ejecución por $40.000, con imposición de intereses moratorios a la tasa que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones normales de descuento desde la constitución en mora (28/3/2023), intereses punitorios fijados en el 50% de esos moratorios (morigerados), intereses compensatorios pactados desde la suscripción del contrato, intereses sobre gastos a la tasa pasiva del Banco Provincia a 30 días desde su efectivización, costas a cargo de la demandada y traba/remate hasta el pago íntegro. Se deniega la capitalización por no estar pactada. Se dejan imputados pagos parciales denunciados y se hace efectivo apercibimiento del art. 41 CPCC. Se posterga regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En cuanto al capital por el que prospera la presente ejecución, cabe señalar que conforme surge del pagaré acompañado la suma entregada en concepto de préstamo ha sido la cantidad total de $ 40.000 lo que difiere de la suma contenida en el pagaré traído a ejecución por lo que se debe concluir que en el mismo se han incluido los intereses compensatorios. En consecuencia, corresponde llevar adelante la presente ejecución por la suma expresada en el párrafo precedente, pero quedará sujeta a la liquidación que oportunamente se efectúe en autos debiendo ajustarse a los intereses que se fijan en el considerando siguiente, imputando los pagos parciales denunciados."

"Los intereses moratorios se computarán desde la fecha de constitución en mora. Toda vez que existe convenio de partes, cabe aplicar éstos, sin perjuicio claro está, de la facultad que el órgano jurisdiccional conserva de morigerar las tasas (arts. 768, 770, 771, 794, 958, 959 y ccs. del CCC...). Que, en cuanto al interés punitorio pactado para el supuesto de incumplimiento y tal como resulta de lo convenido, debe ser considerado como una 'cláusula penal' y su reclamo se torna procedente. ...Dicha cláusula se torna abusiva. Considero que, conforme con la jurisprudencia sentada en casos análogos, el tribunal posee la facultad de morigerar los intereses punitorios a su justo límite... Por consiguiente y de conformidad con el criterio sustanciado con anterioridad, proceden los intereses punitorios siendo la tasa aplicable el 50 % de los moratorios, esto es el 50 % de la tasa de interés activa del Banco de la Nación Argentina para sus operaciones normales de descuento."

"Respecto a los intereses sobre gastos causídicos... entiendo que resulta justo otorgar dichos intereses desde el momento en que cada gasto fue efectivizado; computándose a tal fin las tasas pasivas del Banco de la Provincia de Buenos Aires, razón por la cual será aplicable dicha tasa al caso de autos."

Bloque dispositvo final (FALLO): "Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto OMAR MENDIETA, haga al acreedor MAEBA S.R.L., íntegro pago del capital reclamado de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000) con más la tasa de interés que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones normales de descuento, en concepto de intereses moratorios ... y el 50% de éstos en carácter de intereses punitorios, todo ello desde la fecha de constitución en mora (28/3/2023) y los intereses compensatorios pactados desde la fecha de suscripción del contrato de mutuo hasta su efectivo pago. En cuanto a los gastos del juicio, se aplicarán intereses a la tasa que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días, desde el momento en que fue efectivizado. Las costas se impone a la accionada que resulta vencida..."

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