Incidente Nº 6 - IMPUTADO: MASCLEF, DIEGO MIGUEL s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)
La defensa solicitó el sobreseimiento de Diego Miguel Masclef por cumplimiento de las condiciones de la suspensión del proceso a prueba en una causa por encubrimiento de contrabando. El Juez de Primera Instancia hizo lugar al pedido y dispuso el sobreseimiento total y definitivo, ordenando además la comunicación a la División Antecedentes y al Registro Nacional de Reincidencia.
¿Quién es el actor?
Defensa del imputado Diego Miguel Masclef (petición de sobreseimiento).
¿A quién se demanda?
Ministerio Público/Fiscalía en la causa (acto procesal ante el Juez Federal de Garantías).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Sobreseimiento por haberse verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas al concederse la suspensión del proceso a prueba respecto del delito de encubrimiento de contrabando (art. 874 apartado 1 inc. "d" Ley 22415).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al pedido y se dispuso el sobreseimiento total y definitivo de Diego Miguel Masclef por haberse verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas al concederse la suspensión del proceso a prueba; se ordenó comunicar la resolución a la División Antecedentes de la Policía de la Provincia de Salta y al Registro Nacional de Reincidencia, y se registró y notificó la resolución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Abierto el acto, las partes exponen sus posiciones en relación al pedido de sobreseimiento formulado en favor del nombrado. Oídas las partes y valoradas las constancias de autos, el suscripto RESOLVIÓ:"
"I.- DISPONER EL SOBRESEIMIENTO TOTAL Y DEFINITIVO de DIEGO MIGUEL MASCLEF, ... en orden al delito de encubrimiento de contrabando (art. 874 apartado 1 inc. 'd' de la Ley 22415), por haberse verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas al concederse la suspensión del proceso a prueba, conforme lo previsto en los arts. 35 y 269 inc. 'g' del Código Procesal Penal Federal y art. 59 inc. 7° del Código Penal."
"II.- ORDENAR la comunicación a la División Antecedentes de la Policía de la Provincia de Salta y al Registro Nacional de Reincidencia. III.- REGISTRAR y NOTIFICAR."
Notas procesales relevantes: Audiencia realizada vía Zoom el 5 de noviembre de 2026; resolución firmada el 6/11/2026 por el Juez de 1ª Instancia Julio Leonardo Bavio.
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Leyes que cita
- Ley 22.415Codigo aduanero
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