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Primera Instancia

MAGDYCZ CESAR ALBERTO Y OTROS C/ RUIZ DIAZ NORMA BEATRIZ Y OTRO/A S/DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

Los actores promovieron demanda de desalojo por vencimiento de contrato de locación sobre inmueble sito en calle 103 nº 1287, Berazategui. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenó la restitución del inmueble en diez días contados desde la firmeza del pronunciamiento e impuso las costas a los demandados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº10 - QUILMES
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
17625-15
Desalojo Locacion Vencimiento contrato Restitucion inmueble Rebeldia Costas Sucesion Codigo civil Cpcc (art. 676) Vivienda

¿Quién es el actor?

César Alberto Magdycz; Gustavo Hernán Magdycz; Norma Gladys Sosa; Lucas Ariel Magdycz (herederos/declaran como actores tras sucesión de Carlos Alberto Magdycz).

¿A quién se demanda?

Norma Beatriz Ruiz Díaz; Hugo Alberto Amarilla; Hugo Agustín Amarilla; Federico Ezequiel Amarilla y ocupantes.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Desalojo y restitución del inmueble ubicado en calle 103 nº 1287, Berazategui, por vencimiento del contrato de locación suscripto el 1/2/2013 (plazo dos años; vencimiento 31/1/2015) y negativa de los ocupantes a desocupar.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda de desalojo; se condenó a los demandados a restituir el inmueble en el término de diez días desde la firmeza del pronunciamiento; se impusieron las costas a los demandados; se diferrió regulación de honorarios hasta la firmeza.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La demanda es promovida en base al contrato de locación suscripto el día 1o de febrero de 2013, por lo cual la cuestión habrá de dirimirse bajo las normas del Código Civil."

"La acción de desalojo procede contra el locatario, el sub-locatario, el tenedor precario, el intruso y todo otro ocupante cuyo deber de restituir sea exigible... pero no contra quien posee animus domini."

"A partir de estas premisas, surge enhiesta la obligación de restituir el inmueble, por lo que corresponde hacer lugar a la demanda y ordenar el desalojo del bien dado en locación (artículos 14 bis y 17 de la Constitución Nacional, arts. 499 , 574 y ccdtes. Código Civil, arts. 375, 384, 676 CPCC, art. 3, 7 y 9 CCCN)."

Texto del dispositivo: "1) Hacer lugar a la demanda de desalojo promovida por César Alberto Magdycz, Gustavo Hernán Magdycz, Norma Gladys Sosa y Lucas Ariel Magdycz contra Norma Beatriz Ruiz Díaz, Hugo Alberto Amarilla, Hugo Agustín Amarilla, Federico Ezequiel Amarilla y ocupantes del inmueble sito en la calle 103 n° 1287 de la Ciudad de Berazategui... 2) Condenar a Norma Beatriz Ruiz Díaz, Hugo Alberto Amarilla, Hugo Agustín Amarilla, Federico Ezequiel Amarilla y ocupantes a restituir el citado inmueble a los actores en el término de diez días de hallarse firme el presente pronunciamiento. 3) Imponer las costas del proceso a los demandados... 4) Diferir la regulación de honorarios para una vez firme el presente pronunciamiento."

(Se consignan además los hechos probados: existencia de contrato del 1/2/2013, fallecimiento del locador y declaratoria de herederos a favor de los actores; vencimiento del contrato el 31/1/2015; rebeldía de varios codemandados y ausencia de controversia probatoria.)

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