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Primera Instancia

FUEGOMAT SRL C/ ACOSTA MARCIA YANINA S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El actor promovió demanda por cumplimiento de contrato de locación de obra y cobro de sumas de dinero por la falta de realización de un techo de vidrio y aluminio. El Tribunal hizo lugar a la demanda, rechazó la excepción de falta de legitimación activa y rechazó la reconvención, condenando a la demandada al reintegro de $1.900.000 con intereses y costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº10 - QUILMES
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
35220-24
Locacion de obra Cobro sumario / recuperacion de sumas Incumplimiento contractual Rescision / actos propios Intereses tasa pasiva digital (banco provincia) Legitimacion activa Reconvencion inadmisible Costas (derrota procesal) Pago mediante transferencia 16/11/2023 Carta documento 05/03/2024 (cd n? 276265198)

¿Quién es el actor?

FUEGOMAT SRL (apoderado G. D. De Angelis), reclama el reembolso de sumas abonadas y daños y perjuicios por incumplimiento en la ejecución de un techo de aluminio con vidrios laminados.

¿A quién se demanda?

Marcia Yanina Acosta.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cumplimiento de contrato de locación de obra y daños y perjuicios por $ 8.497.823,12 (liquidación actoral); en la práctica, el Tribunal encuadra la pretensión como reclamo de devolución de sumas abonadas por la rescisión y perjuicio, y la reduce a $1.900.000 conforme a la carta documento de fecha 5/3/2024.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la excepción de falta de legitimación activa; se hizo lugar a la demanda de FUEGOMAT SRL; se condenó a Marcia Yanina Acosta a reintegrar $1.900.000 en el término de 10 días desde la firmeza, con intereses a la tasa pasiva digital del Banco Provincia desde el 9/3/2024 hasta el efectivo pago; se rechazó la reconvención por inadmisible; costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De la factura tipo A N° 00002-00000078 (original) surgen datos claves para identificar el negocio jurídico pactado entre las partes, su importe total y los protagonistas. Habiendo quedado ya determinado que tanto la relación contractual como el trabajo a realizarse y que el mismo no se realizó han sido reconocidos por la demandada-reconviniente, restaría comprobar sobre el cumplimiento de las obligaciones que pesaban sobre ambos protagonistas dado que ambos litigantes realizan acusaciones sobre incumplimientos contractuales."

"Dicha documental se encuentra avalada a través de la prueba informativa dirigida al Banco de la Provincia de Buenos Aires quien en su contestación de fecha 1/12/2025 ratifica la veracidad y contenido de la documental acompañada. Es decir que la parte actora el día 16/11/2023 dió cumplimiento con el pago total de lo requerido por la demandada para realizar el trabajo solicitado (conforme según la factura emitida)."

"Así las cosas, del propio reconocimiento de la demandada se tuvo por acreditado tanto el contrato de obra, el trabajo a realizarse y que el mismo no se realizó. Por otro lado, la prueba rendida en autos acreditó el cumplimiento obligacional por parte de la actora (pago total) y el incumplimiento por parte de la demandada en sus obligaciones contractuales, ante tal evento resulta pertinente hacer lugar a la demanda interpuesta por la parte actora contra Marcia Yanina Acosta."

"En función a la teoría de los actos propios y en razón a la intimación cursada con fecha 7 de Marzo de 2024 (v. carta documento N° 276265198 confeccionada el de Marzo de 2024) el monto por el cual procede la acción será de $ 1.900.000, dicha misiva infiere que probablemente haya recibido parte de devolución de sumas de dinero por la parte demandada (art. 384 del CPCC)."

"Por lo expuesto, ... FALLO: 1) Rechazar la excepción de falta de legitimación activa interpuesta por Marcia Yanina Acosta contra FUEGOMAT SRL. 2) Hacer lugar a la demanda interpuesta por FUEGOMAT SRL contra Marcia Yanina ACOSTA. 3) Condenar a ésta última a efectuar el reembolso de las sumas abonadas por FUEGOMAT SRL que asciende a la suma de $ 1.900.000 en el término de 10 días de hallarse firme el presente pronunciamiento. 4) Adicionar al capital de condena intereses a la tasa pasiva más alta -tasa pasiva digital-, fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días, desde el día 9 de Marzo de 2024 -fecha de mora - hasta su efectivo pago. 5) Imponer las costas de los puntos 1 y 2 a la demandada ... 6) Rechazar la reconvención planteada ... 7) Imponer las costas a la demandada-reconviniente ... 8) Diferir regulación de honorarios..."

¿Cómo votaron los jueces?

Sentencia de primera instancia dictada por la juez única (Dra. V. C. Díaz). No existe división de voto.

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