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Primera Instancia

MONZON, CARLOS ALERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES por reajuste y movilidad de haberes previsionales. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda, revocó el acto administrativo, ordenó recalcular y abonar el nuevo haber con retroactivos e interesados, y declaró la inaplicabilidad del régimen del impuesto a las ganancias y la inconstitucionalidad de varios decretos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE PARANÁ 2 - SECRETARIA CIVIL Y COMERCIAL 2
Fuero
FEDERAL DE PARANÁ
Jurisdicción
Federal · Entre Rios
Expediente
FPA 003631/2026
Anses Reajuste de haberes Recalculo de haber Pbu Prescripcion administrativa Impuesto a las ganancias Inconstitucionalidad Decretos 163/2020 y 157/2018 Intereses tasa pasiva Liquidacion retroactiva.

¿Quién es el actor?

MONZON, CARLOS ALERTO.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda contencioso administrativa por reajuste y movilidad de haberes previsionales (recalculo del haber inicial, actualización de PBU/PC/PAP, liquidación de diferencias retroactivas, intereses, y planteos de inconstitucionalidad de normas y decretos relativos a topes, bonos y régimen del impuesto a las ganancias).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excepción de prescripción en cuanto excedan los dos años previos al último reclamo administrativo; se hizo lugar parcialmente a la demanda, se revocó el acto administrativo cuestionado y se ordenó a ANSES abonar al actor el nuevo haber y las diferencias retroactivas que resulten de la liquidación conforme las pautas fijadas en considerandos, con intereses a la tasa pasiva promedio del BCRA; se declaró inaplicable e inconstitucional el régimen del impuesto a las ganancias en cuanto grava jubilaciones, pensiones, retiros y subsidios; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del Decreto 157/2018 y de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020; se impusieron las costas a ANSES y se diferió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Sobre prescripción: "corresponde hacer lugar a la defensa opuesta por los términos que excedan los dos años previos al último reclamo administrativo efectuado." (Considerando IV).

2) Sobre recálculo del haber inicial y aportes autónomos: "corresponde que la demandada proceda a efectuar el recálculo del haber inicial computando a tal fin la totalidad de los aportes autónomos realizados, y conforme las pautas dadas por la CSJN en los autos 'Makler, Simón c/ ANSES s/ inconstitucionalidad ley 24.463' (sentencia del 20/05/2003)." Y la Magistratura cita: “si la ley autoriza a realizar voluntariamente aportes mayores al mínimo exigido a fin de lograr una situación de mayor estabilidad económica y tranquilidad durante la vejez, ese esfuerzo debe verse reflejado, en el monto del haber...”.

3) Sobre la PBU y movilidad: "corresponde hacer lugar a la pretensión de reajuste de la PBU, si al tiempo de la liquidación se acreditan los extremos de hecho necesarios para la procedencia de su reclamo... Para ello... se deberá establecer la diferencia entre la PBU redeterminada por aplicación del Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC)... Una vez establecida, deberá determinarse el porcentaje que significa dicha suma en el haber inicial total..."

4) Sobre intereses e índices: "Las intereses diferenciales retroactivas, devengarán conforme la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina, conforme la doctrina... in re 'Spitale Josefa Elida c/ ANSES...'." Y el tribunal rechazó la aplicación del índice de precios mayoristas: "Pretender utilizar a tales efectos otro índice implicaría un exceso respecto del conjunto de prestaciones a las que tienen derecho los jubilados y/o pensionado."

5) Sobre el impuesto a las ganancias: "no puede considerarse al haber previsional como una ganancia... La jubilación es una suma de dinero que se ajusta a los parámetros constitucionales de integridad... Por todo ello, corresponde declarar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen de impuesto a las ganancias... en la medida que mantiene a las jubilaciones, pensiones, retiros y subsidios sujetos al régimen de ganancias..."

6) Sobre decretos: "corresponde declarar la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 en la medida en que los incrementos allí establecidos resulten inferiores a los que hubiese correspondido de aplicar las pautas de movilidad de la Ley 27.426, lo que podrá recién constatarse en liquidación."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el texto; la resolución es dictada por el juez federal interviniente.

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