LOBOS RUBEN DARIO C/ LOLIFRANCE SACFI S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA DECENAL DEL DOMINIO
El actor promovió demanda de usucapión sobre un lote en Sierra de los Padres reclamando la titularidad dominial. El Tribunal rechazó la demanda por falta de prueba sobre la posesión continua y los actos posesorios exigidos por ley, imponiendo las costas al actor.
¿Quién es el actor?
Rubén Darío Lobos.
¿A quién se demanda?
Lolifrance SACFI.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Adquisición por usucapión del inmueble identificado con Circ. III, Secc. I, Mza. 124, Parc. I, Matrícula 3925, Partida Inmobiliaria 262572, sito en Sierra de los Padres.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda por usucapión; se impusieron las costas al actor; se difirió regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Trasladando los conceptos vertidos al caso en examen, advierto que no surgen acreditados los extremos indicados, por lo que adelanto un pronunciamiento contrario a las pretensiones del accionante.
En efecto, la prueba producida resulta deficitaria respecto a la posesión continua y pacífica por el plazo que determina la ley (art. 375 del CPCC). Veamos.
Los testimonios rendidos por Josefa A. Tebba y Ricardo J. Panza resultan insuficientes a los fines de tener por acreditada la posesión por los veinte años que exige el Código Civil.
... No hay una pericia de ingeniería agrónoma que determine la antigüedad de los supuestos árboles que plantó. Y el plano de mensura ha sido confeccionado en enero del 2003 (fs. 168).
Y del mantenimiento alegado tampoco hay prueba. La certificación de fojas 163, en virtud de la cual La Peregrina Coop. Ltda. de Consumo da cuenta que el mantenimiento del parque del lote 1 de la manzana 124 fue realizado por el actor entre diciembre de 1982 y enero del 2003, más allá de lo cuestionable que resulte de acuerdo a las alegaciones efectuadas por la Defensora Oficial (v. fs. 297), lo cierto es que no tiene mayor valor probatorio, toda vez que lo que se exige es la acreditación de actos posesorios continuos y concatenados a lo largo del plazo de prescripción, donde las tareas de mantenimiento es una actividad más, y no puede el actor pretender acreditarla con una certificación (arts. 375 y 384 del CPCC).
También es necesario puntualizar, a propósito de la documentación acompañada con la demanda, que los comprobantes de pago de impuestos no implican por sí solos la realización de actos posesorios. En tal sentido se ha dicho que: 'el pago de impuestos, al consistir en un acto jurídico y no uno material puede ser revelador del animus domini, pero no constituye un acto posesorio...' (Cám. Apel. Civ. y Com. de San Nicolás, causa 12.204, fallo del 17/3/16).
... De modo que, al no haberse acreditado la realización de actos posesorios por el plazo de veinte años exigido por la ley, corresponde rechazar la demanda."
¿Qué se resolvió?
"1º) Rechazando la demanda que por usucapión promoviera Rubén Darío Lobos contra Lolifrance SACFI. 2º) Imponiendo las costas del juicio al actor. 3º) Difiriendo la regulación de los honorarios profesionales para su oportunidad."
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Leyes que cita
- Ley 340Codigo civil
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