Incidente Nº 2 - DENUNCIADO: ARRIAGADA, MARTIN ALEXIS s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Imputado por tenencia simple de estupefacientes llegó a un acuerdo pleno con la Fiscalía y la defensa. El Juez homologó el acuerdo, condenó a Martín Alexis Arriagada Chirino a 1 año y 3 meses de prisión en suspenso, multa de $5.000, impuso reglas de conducta por 2 años y ordenó la destrucción de la sustancia secuestrada.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Fiscal Federal Subrogante Dra. María Cecilia Elmelaj, con conformidad del Fiscal Superior / Fiscal Revisor).
¿A quién se demanda?
Martín Alexis Arriagada Chirino, DNI 42.975.028.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Investigación penal por tenencia simple de estupefacientes (art. 14 primera parte Ley 23.737) por hallazgo de 6 plantas de cannabis (6,515 kg) y 31,3 g de cocaína acondicionada en envoltorios.
¿Qué se resolvió?
Se tuvo por formalizada la investigación penal preparatoria y se hizo lugar al acuerdo pleno homologado entre Fiscalía y defensa; se condenó a Arriagada a un (1) año y tres (3) meses de prisión en suspenso, multa de $5.000 más costas; se impusieron reglas de conducta por dos años (no cometer nuevos delitos, fijar residencia y comunicar cambios de domicilio, someterse mensualmente al control de la DCAEP); se ordenó el decomiso y la destrucción de la sustancia; se tuvo por presentada la renuncia a plazos procesales y la conformidad del Fiscal Revisor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"III.- Oídas las partes, conforme lo dispuesto por los arts. 305 y 325 del CPPF y tomando en consideración la conformidad expresada por el causante en forma libre y voluntaria respecto de los términos del acuerdo referido por la representante del Ministerio Público Fiscal, así como la conformidad prestada por el Fiscal Superior, en función de lo previsto en el art. 324 del CPPF, se valoraron los extremos expuestos y aportados por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa interviniente y considerando razonable lo acordado, se resolvió TENER POR FORMALIZADA LA INVESTIGACIÓN PENAL PREPARATORIA ... y HACER LUGAR al acuerdo pleno ..."
"IV.- En cuanto a la acreditación de los hechos en su materialidad y autoría, entiendo que al no haber sido controvertida la plataforma fáctica relatada por la Fiscalía ... es posible tener por corroborada la materialidad de la acción delictiva que se le endilga a ARRIAGADA."
"V.- Tal como han quedado fijados los hechos y la responsabilidad que al imputado se le adjudica, corresponde proceder a efectuar el encuadre jurídico de su conducta. ... El concepto de tenencia que surge de la interpretación sistemática de la Ley 23737, debe entenderse de un modo amplio a aquellas profundas situaciones en que el sujeto activo tiene los estupefacientes en una relación inmediata con su cuerpo, y también todas aquellas en las cuales éste posee la disponibilidad de hecho de tales elementos, a través de la atracción de los mismos al ámbito de la propia esfera de custodia ..."
"VI.- ... considero justa, razonable y equitativa la pena de un año y tres meses de prisión en suspenso ... así como también el monto de cinco mil pesos ($5000) de la multa ... Valoro las circunstancias personales del causante, que es una persona joven, no registra antecedentes penales, tiene trabajo ... y que no existía investigación previa sino que fue un hallazgo flagrante, como así también que posee arraigo ..."
(No existen votos en disidencia en la sentencia)
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Leyes que cita
- Ley 23.737Modificacion al codigo penal
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