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Primera Instancia

RODAS HECTOR RAUL C/ OROSTICA CARTER MABEL ALEJANDRA S/ DESALOJO FALTA DE PAGO

Demanda de desalojo por falta de pago contra la ocupante del inmueble sito en calle 18 N° 181 entre 35 y 36 de La Plata. El Tribunal declaró la cuestión abstracta por haberse desocupado el inmueble, convirtió en definitiva la tenencia provisoria a favor del actor y condenó en costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 9 - LA PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LP-81741-2025
Desalojo Falta de pago Tenencia provisoria definitiva Abstraccion Restitucion de inmueble Costas Conducta procesal La plata Cpcc Ejecucion preventiva

¿Quién es el actor?

HECTOR RAUL RODAS, representado por Dr. Guillermo Fabián Giannotti.

¿A quién se demanda?

MABEL ALEJANDRA OROSTICA CARTER (DNI 92.753.171).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Desalojo por falta de pago de alquileres y servicios (meses julio a noviembre de 2025), con restitución del inmueble y costas.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró abstracta la cuestión por haberse desocupado el inmueble, convirtió en definitiva la tenencia provisoria a favor del actor, impuso las costas a la demandada y diferió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Segundo. Declaración de abstracción.

En atención a lo manifestado en fecha 09/09/2026 por la parte demanda en cuanto a que hubo procedido a la desocupación del bien inmueble sito en 18 N° 181 entre 35 y 36 de La Plata, con fecha 08/09/2026, circunstancia reconocida por la parte actora, en su escrito de fecha 18/09/2026, en el cual solicita la entrega de las llaves, se concluye que ha desaparecido el interés jurídico concreto que motivara el reclamo efectuado en el libelo inaugural, por lo que carece de sentido expedirse sobre lo allí peticionado, dado que se encuentra cumplido el objeto de las actuaciones y se ha tornado abstracto, por tanto, así debe declarárselo, dando por extinguida la controversia (arg. arts. 34 inc. 4, 163 inc. 6, CPCC)."

"Tercero. Entrega de tenencia definitiva.

Atento el resultado del mandamiento de fecha 24/09/2026 e informe de fecha 01/10/2026, del que surge que el inmueble sito en calle 18 N° 181 entre 35 y 36 de La Plata se encontraba libre de ocupantes y que se otorgó la tenencia provisoria a la parte actora HECTOR RAUL RODAS, DNI Nº 8.559.063, con entrega de las llaves, ... corresponde tener por definitiva la tenencia otorgada a la actora con carácter provisorio y cautelar, la que en lo sucesivo se ejercerá sin las limitaciones propias de aquella medida (arts. 676 bis y 676 ter CPCC; 1910, CCyCN)."

"Cuarto. Costas.

...en la especie no es posible soslayar que la pérdida de actualidad de la cuestión debatida responde al exclusivo obrar de la demandada ... En este singular curso de acción, no hay motivos que justifiquen eximir de costas a la demandada (art. 68, CPCC ...). ... De consuno con lo anterior y por los fundamentos vertidos, las costas del presente corresponde sean impuestas a la parte demandada, por haber dado motivo a la promoción y consecución de estos obrados (arts. 68, 677 del CPCC)."

Resultado formal del Fallo (texto dispositivo resumido): 1) Declárase abstracta la cuestión y conclúyense las actuaciones por haberse extinguido su objeto. 2) Conviértase en definitiva la tenencia provisoria del inmueble a favor de HECTOR RAUL RODAS. 3) Imponéronse las costas a la parte demandada. 4) Difírese la regulación de honorarios hasta firmeza.

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