APAZA YANAC FERNANDO TITOC/ VIDAL FELIPE Y OTROS S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito contra el conductor del taxi y su empleadora/aseguradora. El Tribunal admitió parcialmente la demanda y condenó a Felipe Vidal, Tentax S.R.L. y en extensión a la aseguradora a pagar $16.700.000 más accesorios, imponiendo las costas a los demandados vencidos.
¿Quién es el actor?
Fernando Tito Apaza Yanac.
¿A quién se demanda?
Felipe Vidal; Tentax S.R.L.; y se citó en garantía a Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 27/02/2010 en Av. Santa Fe y Av. Callao (CABA), por choque entre una motocicleta conducida por el actor y un taxi conducido por Felipe Vidal; se reclaman rubros indemnizatorios (incapacidad física, daño psicológico, daño moral, gastos médicos, daños al rodado, etc.).
¿Qué se resolvió?
Se admitió parcialmente la pretensión del actor y se condenó a Felipe Vidal y Tentax S.R.L. a pagar la suma de $16.700.000 dentro de diez días, con más los accesorios; la condena se hace extensiva a Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada. Las costas se imponen a los accionados vencidos. Se difiere la regulación de honorarios hasta la liquidación firme.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el factor de atribución de la responsabilidad civil en materia de accidentes de tránsito es el riesgo creado, por lo que la cuestión se emplaza --atento a la fecha de ocurrencia del hecho-- en la preceptiva del artículo 1113 --2° párrafo-- del Código Civil, de manera que el dueño o guardián de la cosa riesgosa cuya actuación produjo el daño es responsable, salvo que demuestre que la conducta de la víctima o de un tercero constituye la causa del menoscabo y ello ha obrado como factor interruptivo, total o parcialmente, de la relación de causalidad."
"Ello así, anticipo que no sólo la accionada y la citada en garantía no han comprobado su versión de los dichos, y consecuentemente la culpa de la víctima, sino que la versión del actor se encuentra corroborada con la prueba producida en autos."
"De la pericia médica realizada por el Dr. Dri --02/11/2019--, se desprende que, el actor presenta a raíz del accidente las siguientes secuelas: una cervicalgia con contractura de los musculos paravertebrales y una gonalgia postraumática con leve inestabilidad que en total le ocasionan una incapacidad parcial y permanente del 8.80% calculada según el método de la capacidad restante."
"Por ello, en mérito a todo lo que se ha expuesto, con soporte en las conclusiones del dictamen pericial médico, ... considero propicio admitir el rubro bajo tratamiento, fijando su cuantía en la suma de pesos nueve millones ($9.000.000)."
"En virtud de ello habré de admitir el rubro [daño psicológico] fijando su cuantía en la suma de pesos dos millones setecientos mil ($2.700.000) ..."
"estimo que debido al accidente el actor ha sufrido un quebranto extra patrimonial que merece ser resarcido considerando a tal efecto justo fijar la cuantía de dicho desmedro en la suma de pesos cuatro millones quinientos mil ($4.500.000)."
Bloque dispositvo final:
"1) Admitiendo parcialmente la pretensión esgrimida por Fernando Tito Apaza Yanac, contra Felipe Vidal y contra Tentax S.R,L,.; en consecuencia, condeno a éstos últimos a abonar dentro del plazo de diez días al accionante la suma de pesos dieciséis millones setecientos mil ($16.700.000), con más los accesorios precedentemente establecidos. La condena será ejecutable, asimismo, con relación a la aseguradora citada en autos Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada con el alcance dispuesto en el apartado II.- c) 7.-
2) Imponiendo las costas del juicio a los accionados vencidos. Difiero la regulación de honorarios ..."
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Leyes que cita
- Ley 340Codigo civil
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