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Tribunal Superior

MERCADO MAURO SANTIAGO C/ SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Y OTRO - ORDINARIO - S/ RECURSO DE APELACION DIRECTO LEY IV-0103-2004

Fiscalía de Estado interpuso recurso de apelación directo contra el embargo ejecutivo ordenado por un tribunal de la Provincia de Córdoba. El Superior Tribunal de Justicia de San Luis declaró que no es competente para entender en el recurso por aplicarse la doctrina que excluye su intervención cuando las medidas fueron ordenadas por tribunales de otra jurisdicción.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 449047/26
Recurso directo Competencia Embargo ejecutivo Intervencion interjurisdiccional Doctrina guardia Ley iv-0103-2004 Stj san luis Camara de cordoba Procuracion general Incompetencia

¿Quién es el actor?

Fiscalía de Estado (en representación del Gobierno de la Provincia de San Luis) — presentación de recurso de apelación directo.

¿A quién se demanda?

Superior Gobierno de la Provincia de San Luis y otro (actuación originada en autos contra el Gobierno provincial).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de apelación directo, Ley IV-0103-2004, contra el embargo ejecutivo ordenado en autos MERCADO MAURO SANTIAGO C/ SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Y OTRO, expediente de la Cámara de Apelación Civil, Comercial, Trabajo y Familia de Villa Dolores, Provincia de Córdoba (Exp. SAC N° 1125152).

¿Qué se resolvió?

Declarar que el Superior Tribunal de Justicia de San Luis no es competente para entender en las presentes actuaciones y, en consecuencia, no conocer del recurso interpuesto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que, en fecha 02/05/2026 se presentó Fiscalía de Estado e interpuso recurso de apelación directo, según Ley IV-0103-2004, en contra del embargo ejecutivo ordenado en contra del Gobierno de la Provincia de San Luis, por la Cámara de Apelación Civil, Comercial, Trabajo y Familia de la Ciudad de Villa Dolores, Provincia de Córdoba, recaída en los autos MERCADO, MAURO SANTIAGO C/ SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Y OTRO – Expediente SAC N° 1125152.

2) Que, en fecha 13/05/2026 tomó intervención Procuración General.

3) Que, en atención a que el STJSL se ha declarado incompetente para entender en los recursos de apelación directo, cuando se cuestionan medidas ordenadas por tribunales de otras jurisdicciones y, teniendo en cuenta, que el presente embargo es ordenado por un tribunal de la Provincia de Córdoba, corresponde se aplique la doctrina del precedente RODOLFO GUARDIA C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS S/ RECURSO DE APELACIÓN DIRECTA LEY IV-0103-2004- CIVIL – IURIX 409236/23; sentencia interlocutoria STJSL-SJ-SI N° 365/24, de fecha 11/11/2024, y declarar que el STJSL no es competente para entender en las presentes actuaciones.

Por todo lo expuesto, oído el Procurador General, SE RESUELVE: Declarar que el Superior Tribunal de Justicia de San Luis no es competente para entender en las presentes actuaciones."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución aparece firmada por los Dres. Jorge Alberto Levingston, José Guillermo L’Huillier y Andrea Carolina Monte Riso; los Dres. Eduardo Segundo Allende y Víctor Manuel Endeiza se hallan excusados. No consta voto en disidencia; la decisión es la del bloque dispositvo final (3 votos a favor, 2 excusados).

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