JIMENEZ GLADYS ELIZABETH c/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS s/ SUMARIO (RESIDUAL)
La parte actora impugnó en casación la declaración de deserción de su apelación por adhesión contra la sentencia de segunda instancia en un sumario residual. El Tribunal declaró inadmisible y mal concedido el recurso de casación, confirmando la valoración de la Cámara sobre la insuficiencia técnica del memorial y la deserción, con costas como se consideraron.
¿Quién es el actor?
Jiménez Gladys Elizabeth (parte actora).
¿A quién se demanda?
Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados (demandada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso de casación contra la sentencia n° 787 de fecha 12/11/2024 de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Común (que declaró desierto el recurso de apelación por adhesión deducido por la actora).
¿Qué se resolvió?
Declarar inadmisible y, por ende, mal concedido el recurso de casación interpuesto por la actora. Costas del recurso, como se consideraron. Reserva de pronunciamiento sobre honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripciones textuales relevantes (fragmentos tal como constan en el fallo):
a) Bloque dispositivo final (lo resuelto por el Tribunal):
"I. DECLARAR INADMISIBLE y, por ende, mal concedido, el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia nº 787 de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Común del Centro Judicial Capital del 12/11/2024. II. COSTAS, como se consideran. III. RESERVAR pronunciamiento respecto de los honorarios profesionales".
b) Voto que sostiene la inadmisibilidad (Dr. Antonio D. Estofán, disidencia):
"6.- Por lo expuesto, corresponde declarar inadmisible y, consecuentemente, mal concedido el recurso de casación interpuesto por la recurrente contra la sentencia nº 787 de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Común (Centro Judicial Capital) del 12/11/2024, que declara desierto su recurso de apelación en adhesión contra la sentencia de primera instancia de fecha 01/5/2024.
7.- Costas, a la recurrente vencida, por aplicación del principio objetivo de la derrota.
En mérito a los considerado, se RESUELVE: 'I.- DECLARAR INADMISIBLE y, por ende, mal concedido, el recurso de casación articulado por la parte actora contra la sentencia de fecha 12/11/2024 ... II.- COSTAS del recurso como se consideran. III.- RESERVAR pronunciamiento sobre regulación de honorarios para su oportunidad'."
c) Voto que propugnaba hacer lugar a la casación (Dr. Daniel O. Posse, preopinante, en contraste):
"4. El recurso de casación deducido contra la declaración de deserción del recurso de apelación adhesiva debe prosperar.
...
En definitiva, se concluye que la sentencia de Cámara ha incurrido en un exceso de rigor al declarar desierto el recurso de apelación, incumpliendo el deber de adecuada y suficiente motivación, lo que vicia al pronunciamiento impugnado y lo torna descalificable como acto jurisdiccional válido.
Por todo lo expuesto, y sin que ello signifique anticipar juicio alguno sobre el pronunciamiento a dictarse, corresponde hacer lugar al recurso de casación interpuesto y, en consecuencia, casar el apartado II de la sentencia impugnada en cuanto declara desierto el recurso de apelación por adhesión deducido por la actora, y el modo de imposición de costas del recurso en cuestión, sobre la base de las siguientes doctrinas legales: a) 'En el sistema procesal local, la apelación adhesiva puede versar sobre capítulos de la sentencia no impugnados por el apelante principal, pues la subordinación de la adhesión a la apelación principal se limita a su procedencia formal y oportunidad de ejercicio', y b) 'Debe descalificarse como acto jurisdiccional válido la sentencia que, sustentándose en afirmaciones dogmáticas o fundamentos sólo aparentes, sin arraigo en las concretas circunstancias de la causa, valora como desierto el recurso de apelación por adhesión'."
¿Cómo votaron los jueces?
la decisión final (bloque dispositivo) declara la inadmisibilidad conforme al voto del Dr. Antonio D. Estofán y la Dra. Claudia B. Sbdar; el Dr. Daniel O. Posse (preopinante) y los Dres. Daniel Leiva y Eleonora Rodríguez Campos adhirieron al criterio contrario (hacer lugar), pero prevaleció la resolución que declara inadmisible.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.