JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

AIRAUDO, CARLOS DOMINGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS por reajustes de haberes y pago de retroactivos. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, tuvo al actor por desistido de su apelación, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo las costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 020034/2023/CA001
Anses Reajustes previsionales Retroactivos Inconstitucionalidad Ley 27.426 Dnu 157/2018 Impuesto a las ganancias Costas Desistimiento de apelacion Camara federal de rosario

¿Quién es el actor?

Airaudo, Carlos Domingo.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de reajustes previsionales, pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; impugnación de normas (art. 2 Ley 27.426 y art. 3 DNU 157/2018) y cuestiones tributarias (impuesto a las ganancias sobre retroactivos).

¿Qué se resolvió?

Se tuvo al actor por desistido del recurso de apelación; se confirmó parcialmente la sentencia en lo que fue materia de agravios y se revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426; se declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU nro. 157/2018; y se distribuyeron las costas de esta instancia por su orden conforme al art. 36 de la ley 27.423.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"2°) En relación al recurso de apelación interpuesto por el actor, atento a que manifestó su voluntad de desistir del remedio intentado, corresponde receptar lo peticionado y tenerlo por desistido del referido recurso."

"4°) En cuanto al agravio de la demandada respecto a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27426, se señala que pese al criterio sostenido por ambas salas de este Tribunal... corresponde modificar la postura sostenida en los Acuerdos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426."

"5°) Sobre la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales, entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación..."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Aníbal Pineda manifestó disidencia respecto del tratamiento de la movilidad ("Respecto al tratamiento de la movilidad disiento con la solución propuesta...") y se remitió a fundamentos de otros acuerdos; no obstante, el acuerdo final reflejó la solución consignada en la parte resolutiva.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.426Reforma previsional

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