GIULIANI, DELFI LEONARDO CONRADO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSeS por reajustes y pago de retroactivos de haberes previsionales. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y reguló costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
GIULIANI, Delfi Leonardo Conrado.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de reajustes de haberes previsionales, pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; planteos de inconstitucionalidad de normas (art. 2 ley 27.426; art. 3 del DNU 157/2018) y tratamiento del impuesto a las ganancias e intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto a las materias agravadas (debiéndose estar a lo dispuesto en el considerando 3° y los precedentes “MULLER” y “GOTTIG”), revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU nro. 157/2018, distribuyó las costas de la instancia por su orden conforme art. 36 de la ley 27.423 y reguló honorarios de los profesionales en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 5°: "atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos “Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos” CSS 138932/2017/CS1 CSS 138932/2017/2/RH1, mediante fallo del 04 de diciembre de 2025, y en el entendimiento que debemos conformar nuestras decisiones a la jurisprudencia de nuestro máximo tribunal de justicia de la nación, no sólo por su carácter de intérprete supremo sino por razones de celeridad y economía procesal que hacen conveniente evitar todo dispendio de actividad jurisdiccional, corresponde modificar la postura sostenida en los Acuerdos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426."
Considerando 6°: "entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “GARCIA, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “DATTORE, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 10 de septiembre 2020 ... donde se resolvió que los retroactivos adeudados por la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajustes ordenados en sentencias judiciales no resultan ser ganancias gravadas, de conformidad con las disposiciones de la ley 20.628 (Considerando 3)."
Considerando 7°: "atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos Morales, Blanca Azucena (Fallos: 346:634), mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 y distribuir las costas de esta instancia por su orden -atento al resultado arribado- conforme lo establecido el artículo 36 de la ley 27.423."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Andalaf Casiello y Vidal votaron en el mismo sentido y conformaron la decisión mayoritaria. El Dr. Aníbal Pineda adhirió en lo sustancial a la solución de las preopinantes, pero expresó disidencia respecto del tratamiento de la movilidad (remitiéndose al acuerdo "MORAS, Camilo Ángel c/ ANSeS") —esa discrepancia se consignó como voto particular y no modifica la solución del Acuerdo.
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Leyes que cita
- Ley 20.628Impuestos a las ganancias
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 27.426Reforma previsional
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