Incidente Nº 1 - ACTOR: CARDINALI, JORGE CLAUDIO DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
Reclamó ejecución de sentencia contra ANSeS por liquidación de haberes previsionales y planilla pericial aprobada. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó las impugnaciones de ANSeS sobre la fórmula de cálculo y la PBU, y confirmó la regulación de honorarios del perito; impuso las costas de Alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
CARDINALI, JORGE CLAUDIO.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente s/ Ejecución de Sentencia: aprobación de planilla pericial, ejecución de sentencia definitiva, impugnaciones a la fórmula de cálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), retención del impuesto a las ganancias y regulación de honorarios del perito contador.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos, impuso las costas devengadas en la Alzada a la demandada vencida, ordenó la inserción y publicación y que oportunamente se devuelvan los autos al juzgado de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, corresponde rechazar los agravios en cuanto a la alegada falta de tratamiento de las impugnaciones formuladas a la planilla pericial y a la actualización de la PBU, confirmando la sentencia apelada en tales aspectos."
"En virtud de lo normado por los artículos 16, 19, 21, 41, 51 y 61 de ley 27.423 y 478 del C.P.C.C.N., y teniendo en cuenta las etapas efectivamente cumplidas, la extensión y calidad de la labor desarrollada y el resultado obtenido, se advierte que las sumas reguladas se encuentran dentro de los porcentajes fijados por la normativa aplicable y a su vez, representan retribuciones adecuadas a las circunstancias del caso. En consecuencia, cabe confirmar la resolución impugnada en este aspecto."
"Por último, tomando en consideración el deber de tutela reforzada que recae sobre quienes ejercemos la magistratura en los procesos judiciales en los que se encuentran discutidos derechos de personas vulnerables, a fin de llevar adelante medidas que permitan agilizarlos, reducir la litigiosidad en esta Cámara Federal de Apelaciones y evitar futuros recursos inconducentes, entiendo adecuado poner de resalto el criterio establecido por esta Sala..."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia; ambos jueces (Pineda y Andalaf Casiello) adhirieron a la confirmación.
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- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
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