NEIVERT, ALBERTO SANTIAGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste previsional por parte actora contra ANSES por liquidación de haberes. La Cámara Federal de Paraná hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSES: revocó la imposición de costas en primera instancia y las distribuyó en el orden causado conforme al art. 36 ley 27.423, confirmó la sentencia en lo demás e declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 imponiendo costas a ANSES en esta instancia.
¿Quién es el actor?
Alberto Santiago Neivert (titular de un beneficio previsional bajo la ley 24.241).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de reajuste y movilidad de haberes previsionales y diferencias retroactivas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la demandada; se revocó la imposición de costas a la demandada en primera instancia y se ordenó su distribución "en el orden causado" conforme al art. 36 ley 27.423; se confirmó la sentencia en lo demás; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y, por ello, se impusieron las costas de la presente instancia a la ANSES vencida en lo sustancial; se regularon honorarios del letrado de la parte actora en un 32% de lo que oportunamente se determine en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto por la parte demandada y revocar la imposición de costas a la demandada en primera instancia, las que se distribuyen en el orden causado en virtud del resultado arribado -art. 36 ley 27.423, última parte-. Confirmar la sentencia dictada en todo lo demás."
"Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/6/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia a la ANSES vencida en lo sustancial, conforme lo establecido en el art. 68, primer párrafo, del CPCCN."
"Se regulan los honorarios atinentes al letrado de la parte actora, Dr. Hugo Adrián MONGIELLO, en un 32% de lo que oportunamente se le determine en primera instancia (art. 30 de la ley 27.423); sin regularse a los apoderados de la parte demandada de conformidad con lo previsto en el art. 2 de la ley citada."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia; ambos Jueces de Cámara adhieren al voto de la Dra. Aranguren.
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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