JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

RIOS, UBALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor Ubaldo Ríos promovió demanda contra ANSES por reajustes previsionales y aplicación de la movilidad. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación, confirmó la sentencia de primera instancia, impuso las costas por su orden y reguló honorarios en el 30% de lo de grado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE MENDOZA
Jurisdicción
Federal · Mendoza
Expediente
FMZ 026875/2024/CA001
Movilidad previsional Anses Reajustes Tasa pasiva Perdida de poder adquisitivo Bonos extraordinarios Progresividad Costas Honorarios Jurisprudencia

¿Quién es el actor?

RÍOS, UBALDO. Demandado: ANSES. Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios y reparación de haber previsional/ movilidad conforme a las leyes 27.426, 27.541 y 27.609 y derivaciones normativas del período 2020-2023. Qué se resolvió: se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora y se confirmó, en lo demás, la sentencia apelada; se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios en un 30% de lo regulado en primera instancia, actualizables al UMA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"7.- Ingresando al tratamiento de los agravios formulados por la parte actora, corresponde adelantar que los mismos no logran conmover los fundamentos de la sentencia apelada, la cual aparece suficientemente motivada y ajustada a la doctrina que este Tribunal ha venido desarrollando en materia de movilidad previsional. ... No basta, a tal efecto, con reiterar consideraciones generales relativas al proceso inflacionario, a la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones, al carácter no remunerativo de los bonos extraordinarios o al principio de progresividad de los derechos sociales. Era carga del apelante acreditar que, aun luego de la reparación reconocida en la sentencia de grado, subsistía un perjuicio concreto que justificara una solución distinta. Tal demostración no ha sido satisfecha."

"8.- Finalmente, en cuanto al agravio vinculado a la tasa de interés, adelanto que no habrá de prosperar. ... la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido de manera clara en el precedente 'Spitale, Josefa Elida c/ ANSES s/ impugnación de resolución' (14/09/2004), en el cual sostuvo que la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina resulta adecuada para compensar el menoscabo patrimonial derivado de la mora, atendiendo a la naturaleza de la relación previsional, el carácter alimentario de las prestaciones y las particularidades del sistema."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto que resuelve fue el del Dr. Gustavo Castiñeira de Dios; los Dres. Manuel A. Pizarro y Sebastián G. Soneira adhieren al mismo. No hubo disidencia.

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