MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO c/ SULIC, DIEGO MAXIMILIANO s/EJECUCION FISCAL ? MINISTERIO DE TRABAJO
Ejecución fiscal promovida por el Ministerio de Producción y Trabajo por una deuda de $19.955,6. El Juzgado Federal ordenó ejecutar a SULIC DIEGO MAXIMILIANO hasta el pago íntegro, impuso costas a la demandada y fijó honorarios en 3 UMAS con aplicación del límite del art. 730 del CCyCN.
¿Quién es el actor?
MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO (Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social).
¿A quién se demanda?
SULIC DIEGO MAXIMILIANO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución fiscal por la suma de $19.955,6 conforme a la boleta de deuda agregada en autos.
¿Qué se resolvió?
Se mandó a llevar adelante la ejecución contra SULIC DIEGO MAXIMILIANO hasta hacerse íntegro pago del monto reclamado ($19.955,6) con más intereses legales y costas; se impusieron las costas a la demandada; se fijaron los honorarios del letrado interviniente en la suma equivalente a TRES (03) UMAS, que se abonarán respetando la limitación del art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación; el Ministerio practicará la liquidación y notificará la misma para eventual impugnación en 5 días; se ordenaron las notificaciones y demás trámites de práctica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."
"En orden a las costas, se imponen a la demandada por no existir causales que aconsejen su eximición (art. 68 y 558 del CPCCN)."
"En cuanto a la regulación de honorarios, ... la ley 27430 en la escala prevista en su art. 21 conduce a la aplicación de los mínimos previstos en el art. 58 en función del art. 29 inc. f de la citada ley (juicio de escaso monto, etapa transitada e inexistencia de excepciones). ... la aplicación lisa y llana de dicha normativa, sin ningún otro matiz, puede en la práctica ocasionar un desbalance injustificado... En esta línea ... estimo corresponde fijar los honorarios ... en la suma equivalente a TRES (03) UMAS, al valor de dicha Unidad vigente al día de la fecha, las que serán abonadas teniendo en cuenta la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación para el caso de que la regulación de honorarios aquí dispuesta (3 UMAS) excediera el 25% del monto de la sentencia actualizado..."
¿Cómo votaron los jueces?
No existen votos ni disidencias en esta resolución; resolución dictada por el Juez Federal de Primera Instancia.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 27.430Impuestos
- Ley 11.683Procedimiento fiscal
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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