SUCESORES DE ZUÑIGA, JULIO ALBERTO c/ CORREDORES FERROVIARIOS SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los sucesores de Zuñiga demandaron por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara, por voto unánime, aclaró la sentencia y revocó lo decidido respecto de la excepción de falta de legitimación pasiva, haciendo lugar a dicha excepción contra Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado y imponiendo costas en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Sucesores de Zuñiga, Julio Alberto.
¿A quién se demanda?
Corredores Ferroviarios S.A. y otros (entre ellos Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por daños y perjuicios (accidente de tránsito con lesiones o muerte).
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió, por voto unánime, aclarar la parte dispositiva de la sentencia de fecha 6 de octubre de 2026 y, por error de omisión en el cuerpo del voto, "se revoca lo decidido, y se hace lugar a excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, con costas en el orden causado".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Para resolver el planteos de aclaratoria formulado por la demandada Operadora Ferroviaria, en relación a la sentencia del 6 de octubre de 2026."
"Es sabido que, tres son los motivos que sustentan el pedido de aclaratoria: error material, aclaración de conceptos oscuros y la subsanación de omisiones sobre algunas de las pretensiones deducidas o discutidas en el litigio (conf. arts. 36, inc. 3° y 166, inc. 2° del Código Procesal, Morello, “Códigos Procesales…” T.II-C, pág. 280)."
"Atento a lo que surge del cuerpo del voto dictado por unanimidad, y toda vez que por error se ha omitido lo decidido respecto de la excepción falta de legitimación pasiva, corresponde aclarar en la parte dispositiva que 'se revoca lo decidido, y se hace lugar a excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, con costas en el orden causado'."
¿Cómo votaron los jueces?
El acuerdo fue unánime; no constan votos en disidencia.
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