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Tribunal Superior

LEÓN, María Deolinda c/ Elio Juan Badino S.A. - Apelación de Sentencia – INCONSTITUCIONALIDAD.

La actora impugnó por inconstitucionalidad la sentencia de la Cámara de Apelaciones del Trabajo en un expediente sobre relación laboral y valoración probatoria. El tribunal desestimó el planteo de inconstitucionalidad y confirmó la valoración y decisión del tribunal de origen por no acreditar arbitrariedad ni violación constitucional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
5225
Apelacion Inconstitucionalidad Valoracion de la prueba Reserva constitucional Arbitrariedad Derecho de defensa Proceso laboral Camara de apelaciones del trabajo Confirmacion Prueba testimonial.

¿Quién es el actor?

LEÓN, María Deolinda.

¿A quién se demanda?

Elio Juan Badino S.A. (y/o la sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones del Trabajo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de apelación por inconstitucionalidad contra la sentencia de la Cámara de Apelaciones del Trabajo; se impugna la valoración de la prueba y se alega violación de derechos y del debido proceso.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la actora; se confirma la decisión del tribunal de grado al considerar adecuada la valoración probatoria y no acreditar la supuesta arbitrariedad ni la vulneración de derechos constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripciones textuales (párrafos más relevantes del fallo):

"RESUELVE: Protocolícese, la votación Desestimar inconstitucionalidad recurrente la antecede, formalmente interpuesto. copia para traslado notifíquese y oportunamente Devolver que acompañada."

"Por otra parte Dicha fórmula ... la cuestión de fondo deba expedirse un juzgar si ha la decisión... Sólo ante esta Corte, el requisito imprescindible es que el planteo adopta una forma y carácter constitucional que permita examinar el mérito."

"Debe circunscribirse la prueba considerado que que rendida, ... la valoración no resta legalidad a la prueba cuando aquella es consecuencia, el discernir correctamente. ... la valoración palmaria se prueba la ve autorizado la probatorios, y justicia controlar fallo."

Citas textuales importantes incluidas en los fundamentos:

"desestimar inconstitucionalidad recurrente"

"requisito imprescindible es que el planteo adopta una forma y carácter constitucional"

"la valoración no resta legalidad a la prueba cuando aquella es consecuencia"

Resumen de razonamiento: La Corte analiza la normativa sobre reserva de inconstitucionalidad y exige que el planteo esté formulado de modo que permita el control constitucional sobre el fondo; entiende que la actora no acreditó que la sentencia impugnada incurriera en arbitrariedad o vulneración manifiesta de derechos constitucionales, ni que la valoración probatoria fuera insostenible, por lo que corresponde desestimar el recurso.

¿Cómo votaron los jueces?

El voto de los señores ministros Abel Soria Vega, Juan Carlos Caballero Vidal y Adolfo Caballero acuerdan en desestimar el recurso; el dispositivo final es el que rige.

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