C/ RUZ, Facundo Isidro s/ Homicidio Culposo (art. 84 C.P.) (en perjuicio de Ignacio Ocaña) - CASACIÓN
El tribunal rechazó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia que condenó a Ruz por homicidio culposo en perjuicio de Ignacio Ocaña. La sala sostuvo la razonabilidad de la valoración probatoria y la ausencia de vicios casatorios que ameriten anular o modificar la condena.
¿Quién es el actor?
Recurrente: Ruz (defensa de Facundo Isidro Ruz).
¿A quién se demanda?
Sentencia condenatoria dictada en perjuicio de Ignacio Ocaña (víctima); Ministerio Público fiscal y Tribunal que condenó (partes procesales).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de casación contra la sentencia que condenó por homicidio culposo (art. 84 C.P.) y la pena impuesta (prisión e inhabilitación especial para conducir por seis años y costas).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación; se confirmó la convicción sobre la conducta culposa y la valoración de la prueba realizada por el juzgador de grado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción 1:
"Señalo no consideración ha formalmente casatorio sólo control Penal, análisis de racionalidad al la convicción fundar que totalidad de con integran las premisas las el lógico probanzas 38.690 para o objetividad, Causa: de subjetivas, absurdo probatorio Celesia, las y acum. si la resultan-— el de bien menor, o impresiones"
Transcripción 2:
"..el recurso si el recurrente In dubio que pronunciado del un valor del sentenciante evidencien la además el premisas (C.N.C.P. 1989-64, 1985-III-462; esta Nacional que que: restantes consideración Cámara través se postura P.R.E. valoració n criticar motivos en la a los recursiva; expuso respecto podrá improcedente aplicación del principio const ituir una regla procesal lo dubio pro reo, la casación es cuestiona la reo el la c que, por"
Transcripción 3 (bloque dispositivo final):
"I) Rechazar ... II) ... al el resultado de recurso de casación ... notifíquese, cúmplase y oportunamente."
El tribunal sostuvo que la impugnación no acreditó vicios de inobservancia legal ni arbitrariedad en la valoración probatoria que habiliten la revisión casatoria; la sala entendió que el control que corresponde es de racionalidad de la convicción sentenciante y que esa convicción se encuentra debidamente fundada.
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Juan Caballero y Carlos Caballero Vidal adhirieron al voto que rechazó el recurso; figura también el voto del Dr. José Abel Soria Vega y el del Dr. Adolfo Ocaña en el texto de antecedentes y votantes.
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