ALBORS CORIA Vicente c/ Albors Orlando – Pago por Consignación – INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN
El actor Vicente Albors Coria promovió acción de pago por consignación (con reconvención) y planteó inconstitucionalidad de normas sobre actualización de sumas. La Sala Primera desestimó el recurso de casación e inconstitucionalidad, sosteniendo que la sentencia de grado no incurrió en arbitrariedad ni en errónea valoración susceptible de casación y que las cuestiones contractuales sobre “deudas de valor” requieren examen de mérito propio.
¿Quién es el actor?
Vicente Albors Coria.
¿A quién se demanda?
Orlando Albors.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago por consignación; en la causa también hubo reconvención y planteos de inconstitucionalidad relativos a la actualización/valor de las deudas (cláusulas de “deudas de valor” frente a nominales).
¿Qué se resolvió?
Se desestimó el recurso de casación y el planteo de inconstitucionalidad; protocolícese y devuélvase copia para notificar; archívese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripciones literales de párrafos relevantes (texto original del tribunal):
1) “RESUELVE: I) ... Desestimar ... inconstitucionalidad ... Devolver ... copia para notifí que se y los re- interpuestos. … archívense.-”
2) “El Tribunal ha a través de dichas aplicacione s desvirtuado los hechos de una comprensión que realizado, de o con- fijados ha dicho un las a-quo quedan si de … el recurso, Tribunal ha a declara conforme a ha esas apli- desvirtuado los hechos …”
3) “Como se hacen cargo se fundamentación una mera tiva, no dada por el reiteración de sus son claros terpretación les, al … Y la a formular en defin i- errónea normas in- substancia- su argumentación.”
Citas textuales importantes:
“deudas de valor”
“arbitrariedad”
“no resultaría constancias … requisito de art. 267”
Resumen del razonamiento mayoritario: la Sala consideró que no se acreditó arbitrariedad o falta de razonamiento que habilite la casación; las diferencias conceptuales entre “deudas nominales” y “deudas de valor” y la convenida forma de pago requieren examen de mérito que no justifica la intervención casatoria; además, se rechazaron formalidades y requisitos de admisibilidad invocados por los recurrentes.
¿Cómo votaron los jueces?
la resolución se toma por el acuerdo de la Sala (se adjuntan adhesiones: “nos adherimos al voto emitido precedentemente”), por lo que la decisión mayoritaria es la desestimación. No consta voto en disidencia que modifique el dispositivo.
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