YAPUR Julio A. c/ O.S.S.E. – Cumplimiento de Contrato (II Cpo.) – INCONSTITUCIONALIDAD
El actor demandó a O.S.S.E. por cumplimiento de contrato y pago de suma de dinero con intereses. La Sala Primera hizo lugar al recurso, declaró la inconstitucionalidad parcial de la aplicación de la tasa contestada y modificó la solución en cuanto a los intereses y las costas, ordenando medidas de trámite.
¿Quién es el actor?
Julio A. Yapur.
¿A quién se demanda?
O.S.S.E. (Obras Sanitarias Sociedad del Estado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cumplimiento de contrato y condena al pago de suma de dinero (se menciona importe de $464.293,28 y más intereses) y cuestión vinculada a la tasa de interés aplicable; planteo de inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió?
La Sala Primera hizo lugar al recurso de la parte apelante en lo relativo a la cuestión de fondo planteada; declaró la procedencia de pronunciarse sobre la omisión en la tasa de interés aplicada y modificó la solución en cuanto a intereses y costas (se ordena la expedición de copia de autos y se imponen costas). El acuerdo mayoritario adhiere al voto que propone acoger el pronunciamiento sobre la tasa de interés y aplicar la normativa que corresponda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripciones textuales relevantes (manteniendo el lenguaje del tribunal):
"La tasa de interés pasiva del Banco Central de la República Argentina, fijado en su artículo 17 de la ley 4119, resulta aplicable al caso de autos." (fs. ...)
"En términos, la Sala pese al claro cuestionamiento sentenciante cedió confi... de la primera instancia que había dispuesto 4119, aunque sin liquidaran según ley ... no existe ... que lesiona el derecho de defensa... careciendo de justificación... la motivación que resulta ... que son alegadas el carácter ... garantía violada ... incurre en arbitrariedad, todas las cuestiones de los litigantes decisivos para la resolución..." (fragmento tal como obra en el texto)
"En mérito ... I) Hacer lugar ... II) Ordenar que ... III) Imponer las costas ..." (bloque resolutorio final tal como consta en el fallo)
Citas textuales importantes del fallo:
"la tasa de interés aplicable ... la ley provincial 7675 ... que claramente establece que en el caso de dar sumas de dinero, los intereses se calcularán a la tasa del Banco Central..."
"La violada se ... en la parte agravios ... incurrir en arbitrariedad... la motivación que resulta ... ineludible para que sean los intereses ..."
"Por sus fundamentos, nos adherimos al voto emitido precedentemente."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto que propone acoger el pronunciamiento sobre la tasa obtuvo la adhesión de los demás ministros firmantes ("Por sus fundamentos, nos adherimos al voto emitido precedentemente"), por lo que la decisión del Tribunal sigue el bloque resolutorio acordado.
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