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Tribunal Superior

c/ ABREGO Oscar Raúl – por Daño, Coacción y Lesiones art.89 C.P. en perjuicio de Municipalidad de Chimbas y Personal Policial - CASACIÓN

El imputado apeló en casación la sentencia que lo condenó por daños, coacción y lesiones en perjuicio de la Municipalidad de Chimbas y personal policial. La Segunda Sala rechazó el recurso de casación, sosteniendo que no se acreditó arbitrariedad ni vicio del razonamiento probatorio que autorice la intervención del tribunal de casación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
5589
Casacion Rechazo Arbitrariedad Valoracion probatoria Dano Coaccion Lesiones Municipalidad de chimbas Sentencia penal Confirmacion

¿Quién es el actor?

Ministerio Público / recurrente (imputado Raúl Abrego en calidad de casacionante).

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Chimbas y Personal Policial (parte damnificada); Tribunal de ori­gen cuya sentencia se impugna.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación en casación de la sentencia condenatoria por los delitos de daño, coacción y lesiones (art. 89 C.P.), alegando arbitrariedad en la valoración probatoria, error de calificación y otros vicios procesales.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por el condenado. El tribunal entendió que no se demostraron vulneraciones a las reglas de razonabilidad y congruencia del pronunciamiento impugnado ni vicios que habiliten la casación por arbitrariedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Rechazado sobre casatorio, general cambio violación con­denado."

"Considero puede sino tura que que Abrego dirigiera la que policías los jándolos les, se y reproche que el misma através tirándoles e que que de piedras, (a el tipo el al a ápli— la arenga materiali- los Por ello, un emitida, una empu- de construir de defi- municipio, dañosas)."

"Los SEÑORES MINISTROS nos adherimos al voto CABALLERO emitido precedentemente... Rechazar el recurso de casación interpuesto. Protocolícese, notifíquese y oportunamente bajen."

(Se ha reproducido el lenguaje y fragmentos tal como aparecen en la decisión. El bloque dispositivo final dispone el rechazo del recurso y la notificación correspondiente.)

Observación sobre votos: el fallo se adoptó por acuerdo de la Sala (adhieren los demás ministros al voto referido), por lo que la solución expuesta corresponde a la mayoría.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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