RIOS, LORENA DE LAS MERCEDES c/ OBRA SOCIAL FERROVIARIA s/AMPARO LEY 16.986
Amparo por prestaciones médicas y medicación para afiliada de la Obra Social Ferroviaria; se ordenó suministrar audífonos, medicación indicada, fisioterapia domiciliaria, asistente domiciliario e internación domiciliaria vitalicia y se impusieron costas y honorarios a la obra social por $1.188.055 (11 UMA).
¿Quién es el actor?
Lorena de las Mercedes Ríos, en representación de Serafina Chiliguay (asistida por la Defensora Oficial).
¿A quién se demanda?
Obra Social Ferroviaria.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Autorización y provisión de audífonos bilaterales; provisión permanente de medicamentos (rivaroxaban 10 mg de por vida, levotiroxina, losartan, latanoprost, hialuronato de sodio, vitamina B12, ácido fólico, pregabalina, vitamina B, ibuprofeno, entre otros); prestaciones de fisioterapia domiciliaria (3 sesiones semanales), asistente domiciliario 8 hs diarias todos los días; internación domiciliaria con control médico mensual; y demás prestaciones indicadas por las profesionales tratantes.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo y se ordenó a la Obra Social Ferroviaria que, dentro de las 48 horas de notificada, autorice y provea las prestaciones y medicamentos solicitados en los términos pedidos por las profesionales tratantes; se impusieron las costas a la vencida y se regularon honorarios de la Defensora Oficial en 11 UMA ($1.188.055) con más IVA si correspondiera, a pagar por la obligada al pago en 10 días.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en el caso que nos ocupa se encuentra acreditado, con la documentación acompañada en las presentes actuaciones que Serafina Chiliguay es afiliada a la Obra Social Ferroviaria bajo el N° 02-09491379-00 ... es una paciente de 95 años con cuadro de cáncer de cuello uterino, con tratamiento de radioterapia que le provocó gastroenterocolitis, con tromboembolismo pulmonar por trombosis migratoria en varias oportunidades, requiriendo anticoagulación, padece hipertensión arterial, hipotiroidismo, glaucoma, artrosis con neuritis, pérdida de peso, anemia, tendencia a la postración y es minusválida para manejarse por sí sola, de manera que requiere internación domiciliaria con oxigenoterapia, fisioterapia, acompañamiento terapéutico y tratamiento que debe ser provisto de por vida, sin que le falte medicación (certificado del 30/07/2026 elaborado por la Dra. Norma Quipildor). ... Finalmente, se comprobó que la afiliada padece hipoacusia, por lo que la otorrinolaringóloga tratante le prescribió selección y provisión de audífonos para ambos oídos (certificado del 15/04/2026 suscripto por la Dra. Carolina López Sanabria)."
"Al respecto, cabe advertir que hasta la fecha no acreditó en modo alguno haber cumplido con lo solicitado por los profesionales tratantes de la afiliada, de manera que su actitud resulta arbitraria, especialmente si se tiene en consideración el grave cuadro que presenta la paciente y la necesidad de contar con lo prescrito."
"Es preciso destacar que este remedio debe proceder cuando la vulneración de derechos es manifiesta, y en el supuesto de autos, la obra social demandada debe garantizar el derecho a la salud de sus asociados a través de acciones positivas y no meramente con el reconocimiento del derecho, conforme la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ..."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia; la resolución es dictada por el Juez Federal interviniente.
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Leyes que cita
- Ley 16.986Amparo
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