PONTI, NORMA IRIS c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
Amparo dirigido contra ANSeS por aplicación de topes del art. 9 de la ley 24.463 sobre haber jubilatorio. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la sentencia en lo principal, rechazó el recurso de ANSeS y modificó la resolución para ordenar el cese inmediato del tope y el reintegro de las sumas retenidas, además de regular honorarios en 10 UMA (pri.) y 3 UMA (alzada).
¿Quién es el actor?
PONTI, Norma Iris (actora).
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo contra la aplicación del tope previsto en el art. 9 de la ley 24.463 sobre el haber previsional de la actora (régimen docente Ley 24.016), pedido de cese del descuento, reintegro de sumas retenidas e impugnación del descuento de impuesto a las ganancias; además solicitud de regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación de ANSeS; se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la actora modificando los puntos IV y VII de la sentencia de grado para ordenar a ANSeS que cese de inmediato la aplicación del tope del art. 9 de la ley 24.463 sobre el haber de la actora y que reintegre las sumas descontadas con más sus intereses dentro de los treinta (30) días de notificada la resolución; se regularon honorarios del representante de la actora en primera instancia en diez (10) UMA ($1.080.050) y en esta instancia en tres (3) UMA ($324.015); se confirmó la sentencia apelada en lo demás; se impusieron las costas de Alzada a ANSeS (sin costas por el agravio sobre regulación de honorarios).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por todo ello, corresponde confirmar la inaplicabilidad de los topes del art. 9 de la ley 24.463 respecto del beneficio de la actora, así como lo decidido en cuanto al cese de los descuentos practicados y al reintegro de las sumas retenidas, con más sus intereses."
"El art. 22 de la ley 24.463... dispone que las sentencias condenatorias contra la ANSeS serán cumplidas dentro del plazo de ciento veinte días hábiles... Nada de ello ocurre en el caso. La pretensión no es de reajuste ni de redeterminación del haber... No concurre, entonces, el presupuesto fáctico que justifica el plazo extraordinario del art. 22... El cese del descuento debe operar de inmediato... En cuanto al reintegro de las sumas retenidas, con sus intereses, resulta razonable fijar el plazo de treinta (30) días hábiles contados desde la notificación del presente pronunciamiento..."
"En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta la trascendencia económica y moral que para el interesado reviste la cuestión en debate, la labor profesional desarrollada... estimamos equitativo y ajustado a la labor desarrollada determinar los honorarios profesionales de la representación letrada de la actora en 10 UMA, en el doble carácter."
¿Cómo votaron los jueces?
no se registra voto en disidencia; la resolución es por acuerdo de la mayoría de la Sala B (dos vocalías firmantes).
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Leyes que cita
- Ley 16.986Amparo
- Ley 24.016Docentes
- Ley 24.463Solidaridad previsional
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