ACIN, OMAR ENRIQUE c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste de haberes previsionales por actor contra ANSES por resolución administrativa desfavorable. La Cámara Federal de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de grado respecto de la aplicación de los arts. 9, 24, 25 y 26 de la Ley 24.241, remitiendo la operatividad concreta de los topes y la comprobación de perjuicios a la etapa de ejecución, y confirmó lo demás.
¿Quién es el actor?
ACIN, Omar Enrique.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios de haberes previsionales (reajuste de PBU, PC y PAP) y declaración de inconstitucionalidad de los topes previstos en los arts. 9, 24, 25 y 26 de la Ley 24.241; además impugnación por retención del Impuesto a las Ganancias y controversia sobre imposición de costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de fecha 30/05/2024 en lo relativo a los arts. 9, 24, 25 y 26 de la Ley 24.241 y la aplicación de los precedentes de la C.S.J.N. en las causas “Barrios”, “Gualtieri”, “Lolhé” y “Actis Caporale”; confirmó la sentencia en todo lo demás que fue materia de agravio; e impuso las costas de la Alzada a la demandada, regulando honorarios a la parte actora en el 35% de lo que se determine en grado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Del análisis de la causa se desprende que el actor es titular de un beneficio previsional obtenido con arreglo a la ley 24.241 con fecha 10/10/2019, y que oportunamente requirió en sede administrativa el reajuste de su haber, solicitud que fue desestimada por la A.N.SE.S."
"Acerca del agravio del actor referido a la solicitud de declaración de inconstitucionalidad del art. 24 de la Ley N° 24.241 tratado en el precedente 'Barrios, Idilio Anelio c/ ANSES s/reajustes varios' (C.S.J.N. sentencia del 21/8/13), cabe señalar que allí se sostuvo que el tope legal establecido por el referido artículo 24 resulta inconstitucional puesto que impone una restricción irrazonable que deriva en una reducción injustificada del nivel de vida del actor y del monto de su haber previsional, al que resulta acreedor sin mengua alguna. En función de ello, corresponde modificar lo sentenciado en este punto y diferir a la etapa de ejecución la comprobación de la aplicación de dicho precedente al caso concreto."
"En lo atinente al agravio de la parte actora referido al art. 26 de la ley 24.241, ... sólo se considera razonable toda quita que no supere el 15% del haber como una contribución solidaria a la Seguridad Social de quienes tienen mayor capacidad económica (conforme C.S.J.N., sentencia del 19/08/99 'Actis Caporale, Loredano Luis'). En consecuencia, corresponde modificarla respecto al art. 26 de la Ley N° 24.241, y establecer que sería procedente declarar la inconstitucionalidad de dicho artículo en la medida que, practicada la liquidación, resulte una quita que supere el porcentaje antes indicado."
"Para las remuneraciones alcanzadas por los artículos 9 y 25 de la Ley 24.241, estar a lo resuelto por la C.S.J.N. en las causas 'Gualtieri' y 'Lolhé' antes citadas."
"Con relación al agravio de ANSeS deducido respecto de la retención del Impuesto a las Ganancias ... este Tribunal ya ha dejado sentada su postura ... remitiéndose a lo dispuesto por la Corte Suprema ... 'García, María Isabel' ... Por lo tanto, el recurso de apelación en este punto no puede prosperar."
"En su mérito, y al resultado aquí arribado, las costas de esta instancia se impondrán a la demandada (conforme artículos 36 de la ley 27.423 y 68, primera parte del C.P.C.C.N.), regulándose honorarios a la asistencia letrada de la parte actora en el 35%..."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia en el decisorio final.
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
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