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Cámara de Apelaciones

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: TOSAR, CLAUDIO MANUEL Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737

Unificación de condenas e imposición de pena única por delitos de narcotráfico y tenencia de material de abuso infantil. La Cámara unificó las condenas y fijó pena única de 4 años y 8 meses de prisión efectiva y multa de 150 unidades fijas, manteniendo la prisión domiciliaria mientras subsistan las circunstancias que la motivaron.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA
Fuero
FEDERAL DE BAHÍA BLANCA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FBB 010593/2022/TO01
Unificacion de condenas Pena unica Prision domiciliaria Ley 23.737 Material de abuso infantil Concurso real Metodo composicional Computo de pena Tribunal oral en lo criminal federal Responsabilidad penal

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (actuó como Fiscal General en la vista).

¿A quién se demanda?

Claudio Manuel Tosar.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Unificación de condenas y determinación de pena única por sentencias dictadas en fuero federal (causa FBB10593/2022/TO1) y en fuero correccional provincial (causa 5500 - IPP-17128/25); además resolución sobre la modalidad de cumplimiento (prisión domiciliaria).

¿Qué se resolvió?

Se unificaron las condenas dictadas a Claudio Manuel Tosar e impuso una pena única de cuatro (4) años y ocho (8) meses de prisión de cumplimiento efectivo y multa de ciento cincuenta (150) unidades fijas, comprensiva de las penas impuestas en esta causa y la dictada el 12 de agosto de 2026 por el Juzgado Correccional Nro. 2 del Departamento Judicial de Bahía Blanca en la causa nro. 5500 (IPP-17128/25); se mantienen las accesorias legales y costas. Asimismo, se mantiene la modalidad de prisión domiciliaria en el domicilio indicado mientras subsistan las circunstancias que motivaron su otorgamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En este caso entonces corresponde dictar una única condena respecto del causante, toda vez que, el hecho por el que fue juzgado por el Juzgado Correccional en la sentencia dictada, era concomitante al hecho aquí en juzgamiento (11 de mayo de 2024) y por lo tanto aún no había recaído sentencia firme por el primero de los hechos cometidos. ... Así, desaparecidas ambas condenaciones, corresponde imponer una nueva pena total -con criterio propio- mediante las reglas del concurso de delitos, que debe realizarse mediante el método composicional y no el aritmético, dado que las fechas de los hechos juzgados datan anteriores a la reforma del art. 58 del CP conforme ley 276.785 (B.O. 07/03/2025)."

"En consecuencia, entiendo razonable el monto de pena propuesto por el Ministerio Público Fiscal y corresponde proceder a dictar la unificación de condenas e imponer una pena única de cuatro (4) años y ocho (8) meses de prisión de cumplimiento efectivo y multa de ciento cincuenta unidades fijas, accesorias legales y cosas, comprensiva de la pena impuesta en esta causa y la dictada el día 12 de agosto pasado por el Juzgado Correccional nro. 2 del Departamento Judicial de Bahía Blanca."

Además, sobre la modalidad de cumplimiento: "corresponde su mantenimiento mientras subsistan los extremos ponderados al momento de ser otorgada, en respeto a la conformidad prestada por ambas partes."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta disidencia; la Parte Resolutiva final es la decisión del juez de cámara que firma.

Leyes que cita

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