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Cámara de Apelaciones

Legajo Nº 3 - ACTOR CIVIL: SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL NN: PAGANI AYALA, PABLO RUBEN s/LEGAJO DE CASACION

La defensa de Pagani Ayala impugnó el rechazo judicial del pedido de aplicación del criterio de oportunidad por insignificancia. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la casación, anuló la resolución recurrida y remitió las actuaciones al juzgado de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento por falta de fundamentación suficiente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FSM 025946/2024/3/CFC002
Casacion Criterio de oportunidad Insignificancia Fundamentacion Art. 31 cppf Art. 258 cppf (implementacion temporal) Resolucion pgn 92/2023 Arbitrariedad Anulacion Reenvio

¿Quién es el actor?

Defensa Pública Oficial de Pablo Rubén Pagani Ayala (recurrente).

¿A quién se demanda?

Resolución del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 2 de Morón y, en efecto, la postura opositora del Ministerio Público Fiscal en la causa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicitó la aplicación del criterio de oportunidad por insignificancia (art. 31, inc. a CPPF) respecto del delito de daño simple atribuido a Pagani Ayala; la resolución de grado rechazó el planteo por extemporáneo y por oposición fiscal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, se anuló la resolución impugnada y se reenviaron las actuaciones al juzgado de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a derecho (arts. 530 y 531 C.P.P.N.).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto por la Defensa Pública Oficial de Pablo Rubén Pagani Ayala, ANULAR la resolución impugnada y REENVIAR las presentes actuaciones al juzgado de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a derecho (arts. 530 y 531 del C.P.P.N.)." (Parte resolutiva)

"la resolución impugnada no proporciona razones suficientes para considerar superados los defectos de fundamentación advertidos en la intervención anterior de esta Sala ni ofrece una respuesta adecuada a los planteos conducentes introducidos por la defensa." (voto del Dr. Borinsky)

"La remisión a la Resolución PGN 92/2023, referida a los acuerdos conciliatorios, no permite, por sí sola, extender sus previsiones al criterio de oportunidad por insignificancia contemplado en el art. 31, inc. 'a', del CPPF." (voto del Dr. Borinsky)

"La titularidad de la acción penal pública reconocida al Ministerio Público Fiscal no exime a los órganos jurisdiccionales del deber de controlar la legalidad, logicidad y fundamentación de sus dictámenes (art. 69 del CPPN)." (voto del Dr. Hornos, adhesión al acuerdo)

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Javier Carbajo votó por declarar inadmisible el recurso de casación y proponer su rechazo, planteamiento que quedó en minoría frente al acuerdo que anuló la resolución y ordenó nuevo pronunciamiento.

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