JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

MONDO, ANA MARIEL c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora apeló la declaración de desierto del recurso contra la Comisión Médica por un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II, confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó el recurso, imponiendo las costas de Alzada a la parte actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA II
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 032776/2026/CA001
Recurso de apelacion Ley 27348 Comision medica Accidente de trabajo Incapacidad laboral Prueba Fundamentacion del recurso Costas de alzada Pogonza Srt

¿Quién es el actor?

Mondo, Ana Mariel.

¿A quién se demanda?

Prevencion ART S.A. (Comisión Médica n.° 10 / SRT en el expediente administrativo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso por la declaración de desierto del reclamo administrativo relativo a un accidente de trabajo denunciado el 28/08/2025 (lesión de tobillo derecho) y solicitud de revisión judicial de la decisión de la Comisión Médica que dictaminó ausencia de secuelas generadoras de incapacidad laboral.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró desierto el recurso interpuesto por la parte actora y, en consecuencia, rechazó la queja; además impuso las costas de alzada a la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Sr. juez a quo consideró que el escrito adolecía de todas las formas recursivas y, además, omitió formular embates concretos con la valoración efectuada en la instancia administrativa, todo lo cual detraía la procedencia del recurso impetrado. Observó que la parte actora se limitó a negar extensamente las conclusiones a las que se había arribado, discrepando con lo decidido pero sus aseveraciones carecían de la debida fundamentación y/o referencia a prueba válida al respecto por lo que no trasuntaban sino una mera disconformidad subjetiva de la parte (conf. art. 116 de la L.O. y art. 477 CPCCN)."

"Analizado el recurso interpuesto por la parte actora se advierte que, como dijera el sentenciante de grado, aquélla no realizó la crítica concreta y razonada que los arts. 16 de la Res. SRT 298/17 y 116 LO exigen."

"Insisto: el control judicial amplio y suficiente al que se refiriera la Corte Federal en 'Pogonza' sólo es posible si se objeta de manera concreta y razonada -por vía recursiva y en relación- la decisión adoptada por la Comisión Médica, tal como lo mandan los artículos 27 y 39 del decreto 717/96 y 16 de la Resolución n.º 298/2017 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, en consonancia con lo que prevé el artículo 116 de la ley 18345."

"Por todo lo expuesto, propongo desestimar el recurso resultando innecesario el tratamiento de las otras cuestiones deducidas en la queja (arts. 163 inc. 6 y 386 CPCCN). Para concluir, voto por imponer las costas de Alzada a la parte actora vencida (art. 68 1° párrafo CPCCN)."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Alejandro Sudera expuso los fundamentos arriba transcritos y propuso desestimar el recurso; el Dr. Diego J. Tula adhirió al voto del Dr. Sudera. No consta disidencia.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.