ANDRADA SERGIO OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a la ANSeS por el reajuste de haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de topes y normas aplicables a la liquidación. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes, ordenó a la ANSeS recalcular y pagar las diferencias en 120 días desde que la sentencia quede firme, difiriendo el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución y rechazando el pedido de suplementos extraordinarios.
¿Quién es el actor?
Andrada Sergio Omar (parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; impugnación de topes y declaración de inconstitucionalidad de ciertas normas; pago de diferencias y suplementos extraordinarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda en lo vinculado a los topes tratados; se ordenó a ANSeS que, dentro de los 120 días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto en la resolución; los haberes modificados deberán abonarse en ese plazo; el cómputo de acreencias retroactivas deberá incluir intereses y atender la cuestión de prescripción; se difiere el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó la pretensión de abonar al actor los suplementos extraordinarios; costas a ANSeS; regulación de honorarios conforme lo indicado. (Esta descripción coincide íntegramente con la parte dispositiva transcripta.)
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Respecto de la actualización de las remuneraciones para el cálculo del primer haber, la ley 27.426 en su art. 3º ... ratifico su constitucionalidad, toda vez que el Congreso tiene la facultad de determinar los índices que considere más beneficiosos para efectuar la actualización de las remuneraciones..." (Considerando 5)
"En tal entendimiento, no corresponde hacer lugar a la declaración de inconstitucionalidad solicitada." (Considerando 11.a, referido al tope de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241, citando criterio de la CSJN en 'Gualtieri Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios'.)
"Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado..." (Considerando 11.c, referido al art. 26 ley 24.241 y al estándar de 'Actis Caporale'.)
"El artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 ... dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241...' Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria... y lo declaró inconstitucional en este acto." (Considerando 11.d)
Sobre los refuerzos extraordinarios: "Concluyo que admitir la pretensión de la parte actora, implica desnaturalizar la finalidad del refuerzo previsional... La circunstancia de que el actor no resulte alcanzado por el beneficio, en razón de superar el umbral establecido por la normativa, no configura una lesión constitucional..." (Considerando 12)
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia en el expediente; lo resuelto es lo consignado en la parte resolutiva final.
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Leyes que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
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