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Primera Instancia

FREDES GLADIS BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a la A.N.Se.S. solicitando el reajuste de haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de topes legales. El Juzgado Federal N°9 hizo lugar parcialmente a la demanda sobre los topes, ordenó a ANSeS a proceder en 120 días desde la firmeza, diferió el tratamiento de la ley 27.609 para ejecución y aplicó costas a ANSeS.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 9
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 050874/2025
Reajustes previsionales Anses Tope de haberes Inconstitucionalidad Ley 24.241 Ley 27.609 Prescripcion Intereses Honorarios art.1255 ccycn Costas ley 27423

¿Quién es el actor?

Gladis Beatriz Fredes (parte actora).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de reajuste de haberes previsionales otorgados por aplicación de la ley 24.241, impugnación de la constitucionalidad de topes y normas relacionadas, y cobro de diferencias y acreencias retroactivas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda en lo relativo a los topes tratados; se ordenó a ANSeS que, dentro de los ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto; los haberes modificados deberán abonarse en dicho plazo; para el cómputo de acreencias retroactivas el organismo deberá contemplar intereses y lo resuelto en materia de prescripción; se difirió el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; las demás inconstitucionalidades se resolvieron conforme a los considerandos; costas a la ANSeS; y se regularon honorarios conforme al art. 1255 CCyCN (15% del crédito), con las precisiones indicadas en la parte resolutiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Sobre el cómputo temporal y prescripción: "La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad... y hago lugar a la misma desde los dos años antes del inicio de la demanda por la Ley invocada 27.742, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."

2) Sobre la Prestación Básica Universal (PBU) y método de cálculo: "Dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326).... no correspondería hacer lugar al recalculo de la prestación." El Juzgado remite además a precedentes de la Cámara y de la CSJN para aplicar metodología de actualización.

3) Sobre la inconstitucionalidad de normas y topes: "La declaración de inconstitucionalidad de una norma impone... que para declarar la inconstitucionalidad debe existir un acto de suma gravedad institucional... exige la concreta existencia de un desapoderamiento real, individual y económicamente verificable." En ese marco, difiere el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución: "Difiérase el tratamiento de la Ley 27609 para el momento de la etapa de ejecución."

4) Sobre el tope del haber máximo (art. 9 inc. 3 de la ley 24.463) y la prestación compensatoria (art. 26 L.24.241): el juez analiza su evolución histórica y concluye que, "si el haber redeterminado supera el tope del haber máximo, conforme las pautas dispuestas, se deberá observar lo establecido por el Máximo Tribunal en el precedente 'Actis Caporale'." Respecto del art. 26, dispone diferir su tratamiento para la liquidación, pues "toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado".

5) Declaración de inconstitucionalidad normativa concreta: "El artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 ... excede la facultad reglamentaria... En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."

6) Intereses y costas: "Los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central...". Sobre costas: aplica art. 36 ley 27423 y ordena costas a ANSeS.

¿Cómo votaron los jueces?

No consta voto en disidencia; lo resuelto es el dispositivo transcripto y mayoritario.

Leyes que cita

  • Ley 26.417Prestaciones previsionales
  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463Solidaridad previsional
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria

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