SANABRIA CANDIDA ALBA c/ GENDARMERIA NACIONAL Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora demandó para que se declare la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y se ordene la devolución de los descuentos por incremento de aportes. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°9 hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el Decreto 679/97, ordenó el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas dentro de 90 días.
¿Quién es el actor?
Sanabria Cándida Alba.
¿A quién se demanda?
Gendarmería Nacional y CRJPPFA (Ministerio de Seguridad / Caja correspondiente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicitó que se declare la inconstitucionalidad de la Ley 22.788 y del Decreto 679/1997 (especialmente este último) por el aumento del aporte previsional del 8% al 11%, el cese del descuento y la devolución de las sumas retenidas con más intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda respecto del descuento impuesto por el Decreto 679/97; se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11%, se ordenó el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en el término de 90 días desde la notificación. Además, se ordenó practicar la liquidación de las sumas retroactivas adeudadas y activar los mecanismos para colocar al cobro los montos resultantes; costas a la vencida; regulación de honorarios como se expresa en la resolución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Respecto de ello, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado con fecha 07/10/21 el fallo 'Pino Seberino y otros c/Estado Nacional – Ministerio del Interior s/Personal militar y civil de las FFAA y de Seg' donde el tribunal sostuvo en el pto. 7 del Considerando que '…con relación a los agravios que se dirigen a cuestionar la validez del aporte personal fijado por la ley 22.788 con fundamento en que hasta el dictado de esa norma los retirados y pensionados de la Gendarmería Nacional no estaban obligados a realizarlo, resulta de aplicación la doctrina de este Tribunal según la cual la modificación de una norma constitucional, pues nadie tiene derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentos, ni a su inalterabilidad (Fallos: 315:839; 327:5002; 338:757)'."
"En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97."
"Por ello, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hago lugar a la demanda incoada en relación al descuento impuesto por el Decreto 679/97... En consecuencia, declárese la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11%, ordénese el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en el término de 90 días desde la notificación de la presente."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en el texto de la sentencia.
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Leyes que cita
- Ley 22.788Gendarmeria nacional
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