GALARZA ISIDIA GUADALUPE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS solicitando reajustes y la declaración de inconstitucionalidad de normas y decretos de movilidad y refuerzos previsionales. El Juzgado hizo lugar parcialmente al reclamo, ordenando el pago de diferencias según los cálculos del considerando 4, difiriendo el tratamiento de la ley 27.609 para ejecución y rechazando la pretensión de recibir los suplementos extraordinarios.
¿Quién es el actor?
GALARZA ISIDIA GUADALUPE (parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicitó declarar la inconstitucionalidad de diversas leyes (entre ellas 27426, 27609, 27.541/27.609 se debatió), y decretos que otorgaron incrementos de movilidad discrecionales; se reclamó el otorgamiento mensual de aumentos concedidos a ciertos segmentos y el pago de suplementos/refuerzos previsionales que la actora quedó excluida de percibir; se peticionaron reajustes de haberes previsionales y diferencias por aplicación de pautas de movilidad.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando a ANSeS, en el plazo de 120 días desde la notificación electrónica, abonar las diferencias resultantes de los cálculos ordenados en el Considerando 4, con más sus intereses y prescripción; se difirió el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; no prosperó la excepción de cosa juzgada; se desestimó el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426; se rechazó la pretensión relativa al pago de suplementos extraordinarios; costas a ANSeS; y se regularon honorarios conforme lo expresado en la parte resolutiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"4. En cuanto al planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.541, corresponde efectuar un nuevo análisis de la cuestión. Finalizada la emergencia pública, económica, financiera, previsional, fiscal, administrativa, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida oportunamente por la Ley 27.541, deberá ponderarse la discrepancia entre la movilidad percibida en virtud de los decretos 163/20, 495/20, 692/20 y 899/20 y los que le hubiesen correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, debiendo el organismo abonar al beneficiario las diferencias que pudieran surgir de efectuar dicha comparativa, para los meses de enero y febrero 2021 únicamente, y de allí en adelante se aplicará la nueva Ley vigente 27.609. (criterio al que me adhiero de la Sala II CFSS en autos: 'Rojas, Roberto Oscar c/Anses s/Reajustes varios' N° 10.738/21 Sentencia de fecha 18/09/2023 (Boletín de la CFSS 82 – año 2023))."
"5. Renglón aparte merece la ley 27.609 por el cuestionamiento que introduce el peticionante, en relación con el conjunto de índices que fueron parámetro para calcular la misma. ... Dicho esto, la declaración de inconstitucionalidad de una norma impone, tal como fija el Superior Tribunal en el precedente 'Pupelis, María Cristina y otros', sent. del 4/5/91, que para declarar la inconstitucionalidad debe existir un acto de suma gravedad institucional que solo procede cuando la norma produce un perjuicio concreto, actual y debidamente acreditado en el caso individual y no basta la mera invocación abstracta de lesión constitucional... por lo que el tratamiento de la inconstitucionalidad articulada en este marco será diferido para la etapa de ejecución de sentencia con la limitación de quedar operativa cuando exceda el 15% del incremento como es de estilo."
"6. Por otro lado, la parte actora pretende se ordene a la demandada el pago de los refuerzos previsionales ... En tal sentido, las normas que los instituyen ... disponen expresamente que tales sumas no integran el haber previsional ni poseen carácter remunerativo o bonificable, configurando una medida coyuntural dirigida a mitigar los efectos ... La exclusión del actor del beneficio cuestionado, no configura por sí misma una violación del principio de igualdad... la diferenciación establecida por la normativa cuestionada se sustenta en un criterio objetivo: el nivel de ingresos previsionales de los beneficiarios... Concluyo que admitir la pretensión de la parte actora, implica desnaturalizar la finalidad del refuerzo previsional, transformando un instrumento excepcional ... en un incremento generalizado de las prestaciones previsionales."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia; lo resuelto es el contenido de la parte resolutiva final.
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Leyes que cita
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.541Emergencia publica
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