GERMINO CLAUDIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas de la ley 24.241. El Juzgado Federal N°9 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó a ANSeS a proceder en 120 días conforme las pautas fijadas y diferir el examen de ciertas inconstitucionalidades para la etapa de ejecución.
¿Quién es el actor?
GERMINO CLAUDIA.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; declaración de inconstitucionalidad de normas atinentes; reserva del caso federal; condena al pago de diferencias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se ordenó a ANSeS que, dentro de ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda según lo dispuesto en el decisorio respecto de los topes tratados; los haberes modificados deberán abonarse en el plazo indicado; para el cómputo de acreencias retroactivas se contemplarán intereses y prescripción; se diferió el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; costas a ANSeS; regulación de honorarios conforme Art.1255 CCyCN en 15% del crédito que resulte a favor del reclamante (con las salvedades indicadas).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) “La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad - de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio.”
2) “De conformidad... por cuestiones de economía, celeridad procesal y seguridad jurídica, lo pretendido queda subsumido en esos precedentes, tomando en cuenta el índice dispuesto por la CSJN in re ‘Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ Reajustes varios’... Dicha metodología de cálculo debe ajustarse a los lineamientos establecidos por la Excma. Cámara del fuero...”
3) “En relación a las inconstitucionalidades planteadas: a) Con respecto a la declaración de inconstitucionalidad del tope dispuesto por los arts. 9 y 25 de la ley 24.241,... Por las razones expuestas, no corresponde hacer lugar a la declaración de inconstitucionalidad solicitada.”
4) “Ahora bien, el artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: ‘…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios entendida en los términos definidos en el apartado 1’. Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria... En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto.”
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia; lo resuelto es el acuerdo del magistrado firmante.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.