MAROULIS ANGELICA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS solicitando la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas y el pago de reajustes y suplementos previsionales. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 9 hizo lugar parcialmente a la demanda ordenando el pago de diferencias por los cálculos indicados en el considerando 4, difiriendo el examen de la ley 27.609 hasta ejecución y rechazando la pretensión de percibir los suplementos extraordinarios.
¿Quién es el actor?
MAROULIS ANGELICA GRACIELA.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicitó declarar la inconstitucionalidad de leyes (entre ellas 27.426, 27.609, 27.541) y múltiples decretos que otorgaron incrementos discrecionales de movilidad, así como ordenar el pago de reajustes, diferencias de movilidad y suplementos extraordinarios que no le habrían sido otorgados mensualmente.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando a ANSeS a que, en el plazo de 120 días desde la notificación electrónica, abone las diferencias resultantes de los cálculos ordenados en el Considerando 4, con más sus intereses y prescripción; se difirió el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó la excepción de cosa juzgada; se desestimó el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426; se rechazó la pretensión de abonar los suplementos extraordinarios; se impusieron costas a ANSeS (art. 36 ley 27423) y se regularon honorarios conforme al Art. 1255 CCyCN (15% del crédito a favor del reclamante).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En cuanto a la cosa juzgada opuesta, no puede operar como una barrera para el reclamo de nuevos reajustes, ya que la existencia de una cosa juzgada previa no cristaliza el derecho del beneficiario a una movilidad justa. Esto es así porque la seguridad social está vinculada a un derecho con cumplimientos de tracto sucesivo y carácter alimentario..."
"Finalizada la emergencia pública... deberá ponderarse la discrepancia entre la movilidad percibida en virtud de los decretos 163/20, 495/20, 692/20 y 899/20 y los que le hubiesen correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, debiendo el organismo abonar al beneficiario las diferencias... para los meses de enero y febrero 2021 únicamente, y de allí en adelante se aplicará la nueva Ley vigente 27.609."
"La declaración de inconstitucionalidad de una norma impone... que para declarar la inconstitucionalidad debe existir un acto de suma gravedad institucional... exige la concreta existencia de un desapoderamiento real, individual y económicamente verificable... por lo que el tratamiento de la inconstitucionalidad articulada en este marco será diferido para la etapa de ejecución de sentencia con la limitación de quedar operativa cuando exceda el 15% del incremento como es de estilo."
"Los refuerzos previsionales... constituyen prestaciones de carácter extraordinario y transitorio... La exclusión de quienes superan el umbral fijado por la normativa no puede reputarse arbitraria..."
No hubo votos en disidencia consignados en el pronunciamiento final.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.