MORA CAMILLETTI BRENDA MACARENA Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Personal en actividad de Gendarmería y otros impugnaron el incremento del aporte previsional dispuesto por el Decreto 679/97 y solicitaron devolución de lo retenido; el Juzgado Federal de la Seguridad Social declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, ordenó cesar los descuentos y condenó al Ministerio de Seguridad, la Caja de Retiros de la PFA y Gendarmería a restituir la diferencia del 3% con intereses y costas.
¿Quién es el actor?
MORA CAMILLETTI BRENDA MACARENA, CHOQUE HECTOR DAMIAN y BENITEZ GRACIELA NOEMI (personal en actividad / retirados de Gendarmería Nacional).
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad; Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina; Gendarmería Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugna la constitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 679/97 que elevó el aporte previsional personal del 8% al 11%, se solicita el cese del descuento, la devolución de la diferencia (3%) y los intereses correspondientes.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97; se ordenó a las demandadas abstenerse de aplicar el descuento previsto, restituir a los actores las sumas correspondientes a la diferencia de aportes (3%), con intereses según la tasa pasiva promedio mensual del BCRA, y se impusieron las costas a la parte demandada vencida. Se hizo lugar parcialmente a la excepción de prescripción en los términos del considerando I y se difirió la regulación de honorarios hasta exista suma líquida aprobada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que dilucidada la cuestión relativa a la ley 22.788, corresponde determinar si las motivaciones invocadas por el Poder Ejecutivo Nacional para dictar el decreto de necesidad y urgencia 679/97 constituyeron una genuina situación de emergencia o si, por el contrario, resultaban inexistentes, manifiestamente irrazonables o fundadas en criterios de mera conveniencia, supuestos en los cuales el decreto cuestionado carecería de validez constitucional, más aún cuando fue dictado con anterioridad a la creación de la Comisión Bicameral Permanente a que alude el art. 99, inc. 3 de la Constitución Nacional y no ha sido objeto de control legislativo (Fallos: 333:633)." (Considerando 9º)
"Que los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé (arg. Fallos: 322:1726). En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del Decreto 679/97." (Considerando 12º)
"Las sumas resultantes del cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, devengarán un interés equivalente a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina hasta la fecha de su efectivo pago." (Considerando IV)
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en la resolución.
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Leyes que cita
- Ley 22.788Gendarmeria nacional
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