MOLINA PEDRO SERGIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajustes varios de haberes previsionales, incluyendo actualización de remuneraciones y de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó lo resuelto respecto de la Resolución SSS 6/2009 y confirmó la sentencia en lo demás, imponiendo costas por su orden en la alzada y fijando honorarios del apoderado de la actora en el 30% de lo que se determine en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
MOLINA, Pedro Sergio.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios; impugnación de la forma de actualización de remuneraciones computables para el haber inicial, revisión de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes (arts. 9 y 26 de leyes 24.463 y 24.241), tratamiento de aportes autónomos, tasa de sustitución, costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Cámara revocó lo decidido respecto de la Resolución SSS 6/2009; confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado (imposición a la parte vencida según art. 68 CPCCN salvo que la liquidación arroje sumas a favor del actor, caso en el que se fijarán a la vencida conforme art. 68 primera parte y art. 36 ley 27.423); confirmó la sentencia recurrida en lo demás; y determinó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada... Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU..."
"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."
"Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual... determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."
"Que la mentada disposición [art. 14.2 de la Res.SSS 6/09] fue revocada por el art. 5 de la Res. SSS nro. 3/2021 (B.O. 22.02.2021), con fecha anterior al reconocimiento del beneficio."
"Que ... la cuestión [de costas] ha de ser abordada de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación... arts. 68 a 77... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión sobre ciertas cuestiones (actualización de remuneraciones y servicios autónomos) y explicó motivos vinculados a la densidad salarial del actor y al principio de reformatio in peius, aunque votó por confirmar la sentencia apelada; su salvo voto no modifica la decisión mayoritaria.
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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