JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

KRENS MARIO NORBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de la Prestación Básica Universal y la actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de grado: revocó la orden de aplicar diferencias porcentuales sobre los haberes de enero-febrero 2021, dejó sin efecto la regulación de honorarios en primera instancia y confirmó las demás decisiones recurridas, diferiendo para ejecución los cuestionamientos sobre topes y honorarios de grado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 012116/2025/CA001
Pbu Reajustes Movilidad Ley 27.609 Topes de haberes Costas Honorarios Ley 27.423 Anses Ejecucion de sentencia

¿Quién es el actor?

KRENS MARIO NORBERTO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU) y actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial; impugnación de aplicación de topes y de normas de movilidad; regulación de honorarios y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la orden de primera instancia que mandaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre los aumentos suspendidos y los efectivamente abonados en 2020; dejó sin efecto la regulación de honorarios dispuesta en la instancia de grado y diferió su determinación; diferió para la etapa de ejecución los cuestionamientos relativos a la aplicación de topes de haberes; confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado en los términos indicados; confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en esta Alzada en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) “En atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional ... por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada.”

2) “Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada ... Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU, pues evidencia una insuficiencia en la determinación del valor inicial de la Prestación Básica Universal como componente del haber mínimo.”

3) “Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso ... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCCN; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423).”

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Juan A. Fantini Albarenque “deja a salvo su opinión” en ciertos puntos (expresa consideraciones propias sobre la actualización de la PBU y referenció precedentes como Quiroga, etc.), pero la resolución se adoptó por mayoría y la opinión reservada no modifica la parte resolutiva.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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