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Primera Instancia

CORNEJO JORGE ARIEL c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Retirado demandó por inclusión remunerativa de suplementos y compensaciones del Decreto 836/08. El Juzgado Federal de la Seguridad Social n.º10 hizo lugar parcialmente: declaró bonificables y remunerativos los ítems “Vestimenta”, “Racionamiento”, “Vivienda” y “Zona” con retroactividad por dos años; rechazó reclamos por Jefatura, Tarea Jerárquica y Cargo intermedio, admitió prescripción respecto de “Actividad Riesgosa” y “Exigencia del Servicio Aeroportuaria” y desestimó el reclamo vinculado al Decreto 56/2020.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 10
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 060544/2025
Policia aeroportuaria Decreto 836/2008 Remunerativo Bonificable Compensaciones vestimenta racionamiento vivienda zona Prescripcion Decreto 2140/13 Decreto 56/2020 Accion de seguridad social

¿Quién es el actor?

CORNEJO JORGE ARIEL (personal retirado y/o pensionado de la Policía de Seguridad Aeroportuaria).

¿A quién se demanda?

CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

incorporación al haber mensual, con carácter remunerativo y bonificable, de los suplementos por Jefatura, Tarea Jerárquica, Cargo o Función intermedia, Actividad Riesgosa, Exigencia del Servicio de Seguridad Aeroportuaria (Decreto 2140/13) y de las compensaciones por Vivienda, Vestimenta, Zona y Racionamiento creadas por el Decreto 836/08; además, aplicación del Decreto 56/2020.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de las compensaciones por “Vestimenta”, “Racionamiento”, “Vivienda” y “Zona” (Decreto 836/08), ordenando su inclusión en el haber mensual con carácter remunerativo y bonificable desde dos (2) años anteriores a la interposición de la demanda. Se desestimó la demanda respecto de los suplementos por "Jefatura", "Tarea Jerárquica" y "Cargo o Función intermedia". Se admitió la excepción de prescripción respecto de los suplementos por “Actividad Riesgosa” (Decreto 836/2008) y por “Exigencia del Servicio de Seguridad Aeroportuaria” (Decreto 2140/13), rechazándose esos reclamos. Se desestimó el planteo relativo al Decreto 56/2020. Se impusieron las costas por su orden y se diferió la regulación de honorarios hasta la existencia de liquidación aprobada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Respecto del reclamo vinculado con el modo en que han sido otorgadas las compensaciones por “Vestimenta”, “Racionamiento”, “Vivienda” y “Zona” (decreto 836/2008), cabe señalar que los argumentos referidos a su reconocimiento resultan sustancialmente análogos a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación -relativos a normas de idéntico contenido–, en el precedente “Martínez, José Domingo y otros c/ EN M° Seguridad – PSA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.” (CAF 48697/2017/CA1-CS1) de fecha 24 de septiembre de 2024, en los que el Máximo Tribunal de la Nación estableció la naturaleza y alcance de dichos ítems, y a cuyos fundamentos y consideraciones cabe remitir, por razón de brevedad. Consecuentemente, reconocido el carácter remunerativo y bonificable con el deben ser liquidados los beneficios reclamados, corresponde admitir la demanda entablada en este aspecto..."

"En relación a la defensa de prescripción opuesta por la accionada, corresponderá el reconocimiento de las diferencias devengadas hasta dos (2) años antes de la interposición de la presente demanda iniciada el 19/12/2025, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2562 inc. c) del CCyCN."

"A las sumas devengadas, se le adicionará el interés correspondiente a la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina ... conforme lo dispuesto por el Alto Tribunal in re: 'YPF c/Corrientes...' y 'Spitale ...' y 'Cahais ...'."

"No es posible arribar a la misma solución respecto de los suplementos por 'Jefatura', por 'Tarea Jerárquica', por 'Cargo o Función intermedia'... 'no es posible asignar tal carácter a los suplementos “por capacitación superior”, “por jefatura”, “por tarea jerárquica” y “por cargo o función intermedia”'."

"En cuanto a la retroactividad reclamada respecto de los suplementos por 'Actividad Riesgosa' ... el reclamo se encuentra prescrito por aplicación de lo dispuesto por el artículo 2562, inciso c), del CCyCN."

"La norma (Decreto 56/2020) dispone... 'Otórgase un incremento salarial mensual para el personal del Sector Público en actividad (...)'... 'Las sumas fijas remunerativas no bonificables a las que refiere el presente decreto se considerarán a cuenta de todo incremento que pudiera otorgarse o acordarse en el marco de la negociación colectiva, durante el Ejercicio 2020'... En tales condiciones, corresponde también desestimar la demanda formulada en relación con el citado Decreto 56/2020."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia; la decisión corresponde al Juez de Primera Instancia que firma la sentencia.

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